Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2009 (24/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394919

Articulo 4.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 340368-3

Articulo 4º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 340368-15

Ratifican acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSION referentes a la incorporacion y a la modalidad en el MORDAZA de promocion de inversion privada de la empresa "Inmobiliaria MORDAZA S.A."
RESOLUCION SUPREMA Nº 043-2009-EF MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Numeral 1º del Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promocion de la Inversion Privada en las Empresas del Estado, el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, en sesion de fecha 11 de marzo de 2009, ha acordado incluir a la empresa "Inmobiliaria MORDAZA S.A." ­ "INMISA" en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el mencionado Decreto Legislativo; Que, de acuerdo al Numeral 2º del Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION ha definido la modalidad para llevar adelante el MORDAZA de promocion de la inversion privada en la mencionada empresa; Que, de conformidad con lo establecido en el ultimo parrafo del Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo a que se refiere el considerando precedente, debe ser ratificado por resolucion suprema; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 4º y 5º del Decreto Legislativo Nº 674. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 11 de marzo de 2009, mediante el cual se acordo incorporar a la empresa "Inmobiliaria MORDAZA S.A." ­ "INMISA" al MORDAZA de promocion de inversion privada, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. Articulo 2º.- Ratificar el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 11 de marzo de 2009, mediante el cual se acordo definir como modalidad para llevar adelante el MORDAZA de promocion de inversion privada en la empresa MORDAZA referida, la prevista en el Literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674. Articulo 3º.- Encargar la conduccion del MORDAZA de promocion de inversion privada a que se refieren los numerales precedentes al Comite de PROINVERSION en Saneamiento y Proyectos del Estado.

Establecen lista de insumos directamente vinculados en procesos productivos de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. ­ Editora Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 207-2009-EF/15 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2009 VISTA: La Carta Nº 010-E0000-EP-2009 de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. ­ Editora Peru. CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, establece que los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas del Estado que se dediquen a la produccion de bienes o prestacion de servicios, pueden ser contratados a proveedores nacionales o internacionales mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, a precios de MORDAZA, siempre que se verifique una situacion de escasez acreditada por el Titular de la Entidad; Que, asimismo, la citada Disposicion Complementaria Final senala que no se requiere la verificacion de una situacion de escasez en el caso de empresas que por la naturaleza de su actividad requieran un suministro periodico o continuo, incluyendo la entrega en un solo acto de los insumos, bienes o servicios; Que, la lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de cada empresa, es establecida mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. ­ Editora Peru mediante Carta Nº 010-E0000EP-2009 ha solicitado la emision de la lista de los insumos que intervienen directamente en sus procesos productivos; Que, es conveniente atender la solicitud formulada por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. ­ Editora Peru, por cuanto tiene a su cargo, entre otros, la elaboracion y publicacion de El Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Octava Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer que la lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. ­ Editora Peru para los fines previstos en la Octava Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, es la siguiente: - Papel Periodico en Bobinas - Planchas - Tintas Articulo 2º.-Transcribir la presente Resolucion Ministerial al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, a la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.