Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2009 (24/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394917

CONSIDERANDO: Que, la Organizacion Maritima Internacional (OMI), dentro del Programa de Actividades para el ano 2009, tiene previsto realizar el 86º Periodo de Sesiones del Comite de Seguridad Maritima (MSC); Que, en dicho Periodo de Sesiones, que es la reunion de mas alto nivel de la Organizacion Maritima Internacional (OMI), responde a la necesidad de conocer e intercambiar posiciones y experiencias relacionadas con los aspectos de seguridad propios del transporte maritimo; ademas de la preservacion del medio ambiente, migracion ilegal, pirateria, control de trafico mercante, entre otros, lo que conlleva asumir obligaciones por parte de los Estados Miembros y por consiguiente verificar y actualizar el estado juridico de los Convenios de la Organizacion Maritima Internacional (OMI) y otros instrumentos multilaterales, adecuandolos a sus respectivas legislaciones; Que, en el orden de ideas MORDAZA expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio SGC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en la Reunion del 86º Periodo de Sesiones del Comite de Seguridad Maritima (MSC), a realizarse en la MORDAZA de Londres - INGLATERRA, a partir del 27 de MORDAZA al 05 de junio de 2009, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que; el citado viaje se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Ano 2009, Rubro 7: Representacion Nacional en Organismos Internacionales, item 13, aprobado con Resolucion Suprema Nº 028-2009 DE de fecha 19 de enero de 2009; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio SGC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00803558, DNI. 07798085, para que participe en la Reunion del 86º Periodo de Sesiones del Comite de Seguridad Maritima (MSC), de la Organizacion Maritima Internacional (OMI), a realizarse en la MORDAZA de Londres ­ Inglaterra, a partir del 27 de MORDAZA al 05 de junio de 2009. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Londres (INGLATERRA) - MORDAZA US$ 1,867.00 x 1 persona Viaticos: US$ 260.00 x 8 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El mencionado Oficial Superior debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto

Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 340368-13

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban disposiciones reglamentarias para la distribucion de los recursos provenientes de la eliminacion de las exoneraciones e incentivos tributarios
DECRETO SUPREMO N° 094-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 978 se busca promover la inversion y el desarrollo de la Region MORDAZA y de la Amazonia, a fin de incrementar prioritariamente la infraestructura y el gasto social, a traves de la transferencia de los recursos que se generen como consecuencia de la racionalizacion de las exoneraciones e incentivos tributarios en los departamentos, provincias y distritos comprendidos en dicha norma; Que, en el articulo 9° del Decreto Legislativo Nº 978 se determinan los montos que se transferiran anualmente a la Cuenta Especial como consecuencia de la eliminacion de las exoneraciones e incentivos tributarios, senalandose ademas que, para las provincias o distritos de los demas departamentos de la Amazonia, incluida la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de MORDAZA, los montos se distribuiran entre las municipalidades provinciales o distritales a que se refiere el mismo, considerandose para ello, los criterios que se determinen por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-EF establecio los criterios en base a los cuales se distribuiran los recursos presupuestales a favor de las municipalidades provinciales o distritales de los departamentos de la Amazonia, y se aprobaron los montos a distribuir; Que, resulta necesario dictar las normas reglamentarias que permitan aprobar los indices de distribucion y los montos actualizados que seran distribuidos anualmente a cada una de las mencionadas municipalidades provinciales o distritales; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 978 y sus normas modificatorias y complementarias; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion de los indices de distribucion y de los montos a ser distribuidos Los indices de distribucion y los montos a ser distribuidos anualmente a cada una de las municipalidades provinciales o distritales en aplicacion

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