Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2009 (07/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de agosto de 2009

el cual senala que "Las autoridades administrativas no podran dejar de resolver las cuestiones que se les propongan, por deficiencia de sus fuentes; en tales casos, acudiran a los principios del procedimiento administrativo previsto en esta ley; es viable atender lo solicitado; Que, la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre en el Informe Nº 2445-2009-MTC/15.02 indica que la ruta propuesta no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, senalada en el MORDAZA considerando; asimismo refiere que La Empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente y el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, para el otorgamiento de concesion interprovincial para la prestacion del servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Tacna (origen) ­ Huancavelica (destino) y viceversa, con los vehiculos de placas de rodaje VG-5845 y VG-5849; igualmente, se considera viable atender la conclusion de los citados vehiculos considerando lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 y lo previsto en el literal d) del articulo 91º del Reglamento Nacional de Administracion de Transporte; Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad y de privilegio de controles posteriores, establecidos en la Ley No. 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias, la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 009-2004MTC y Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Sector actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01; SE RESUELVE: Articulo Primero.Aceptar la renuncia a la habilitacion vehicular de los vehiculos de placas de rodaje VG-5845 (2000) y VG-5849 (2000) de la concesion de ruta: MORDAZA ­ Pichanaki y viceversa, otorgada a la empresa EXPRESO INTERNACIONAL TARMA S.R.L. mediante Resolucion Directoral Nº 158-94-MTC/15.15, renovada con Resolucion Directoral Nº 6619-2004-MTC/15. Articulo Segundo.- Otorgar a favor de la empresa EXPRESO INTERNACIONAL TARMA S.R.L., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Tacna ­ Huancavelica y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA Origen Destino Itinerario : TACNA - HUANCAVELICA : Tacna : Huancavelica : Mazocruz ­ Desaguadero ­ MORDAZA ­ Juliaca ­ MORDAZA ­ Abancay ­ Ayacucho- Rumichaca ­ MORDAZA MORDAZA Frecuencia : Una (01) semanal en cada extremo de ruta Flota Vehicular : Dos (2) omnibus Flota Operativa : Uno (01) omnibus VG - 5849 (2000) Flota Reserva : Uno (01) omnibus VG ­ 5845 (2000) Horarios de Salida : Tacna : Lunes a las 07:00 hrs. Huancavelica : Lunes a las 07:00 hrs. Articulo Tercero.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa EXPRESO INTERNACIONAL

TARMA S.R.L. en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la Autoridad Competente expidio la orden de publicacion. Articulo Cuarto.- La Empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Quinto.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte Terrestre. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 376257-1

VIVIENDA
Aceptan renuncia de Viceministro de Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 024-2009-VIVIENDA MORDAZA, 6 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 011-2008VIVIENDA de fecha 27 de agosto de 2008, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Laca MORDAZA, en el cargo de Viceministro de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que resulta conveniente aceptar la misma; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158, modificada por la Ley Nº 29209 y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Laca MORDAZA, en el cargo de Viceministro de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados al Estado. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 380886-5

Designan Viceministro de Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 025-2009-VIVIENDA MORDAZA, 6 de agosto de 2009

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