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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de agosto de 2009 400492 2. AGILIZACIÓN DE LOS EXHORTOS Procedimientos (i) regular y (ii) extraordinario. 2.1 Procedimiento Regular.- Se establecen los siguientes pasos: 2.1.1.- El Exhorto ingresado por el Centro de Distribución General, deberá ser remitido directamente al Juzgado, su tramitación será encomendada al Asistente de Juez. 2.1.2.- La Providencia y proyección del ofi cio de devolución deberá ser realizado por el Asistente de Juez. 2.1.3.- Luego de fi rmado el Decreto y del Ofi cio por el Juez, se procederá al Descargo pertinente en el Sistema Integrado Judicial. 2.1.4.- Posteriormente el Asistente de Juez, realizará la entrega de la Notifi cación materia del exhorto al Asistente de Notifi caciones, quien lo entregará a la Central de Notifi caciones. 2.1.5.- Una vez devuelto el cargo por la Central de Notifi caciones al asistente de archivo, el Asistente de Juez procederá a preparar la copia certifi cada del exhorto. 2.1.6.- Realizado los pasos anteriores, se procederá a la devolución del exhorto al Centro de Distribución Modular; luego se entregará a la empresa courier, a efectos de su devolución al Juzgado de origen. 2.2 Procedimiento Extraordinario.- En los casos de acciones de garantía, medidas cautelares, demandas con plazo prescriptorio o de caducidad próximos a vencerse, citaciones a audiencias y casos urgentes a discrecionalidad del Juez; o cuando se apersone al Despacho del Juez el Litigante o abogado de provincia se procederá de la siguiente forma: 2.2.1.- Procedimiento Extraordinario A.- En los casos de acciones de garantía, medidas cautelares, demandas con plazo prescriptorio o de caducidad próximos a vencerse, citaciones a audiencias y casos urgentes. 2.2.1.1.- El Exhorto ingresado por el Centro de Distribución General, deberá ser remitido directamente al Juzgado, su tramitación será encomendada al Asistente de Juez. 2.2.1.2.- La Providencia y proyección del ofi cio de devolución deberá ser realizado por el Asistente de Juez. 2.2.1.3.- Luego de fi rmado el Decreto y del Ofi cio por el Juez, se procederá al Descargo pertinente en el Sistema Integrado Judicial. 2.2.1.4.- Se procederá en el día a la programación y notifi cación con el especialista de actos externos, procediendo luego a la devolución del cargo al Asistente de Archivo. 2.2.1.5.- El Asistente de Archivo entregará el exhorto al Asistente de Juez; quien procederá a preparar la copia certifi cada del exhorto. 2.2.1.6.- Realizado los pasos anteriores, se procederá a la devolución del exhorto al Centro de Distribución Modular; luego se entregará a la empresa courier, a efectos de su devolución al Juzgado de origen. 2.2.2.- Procedimiento Extraordinario B.- En caso el litigante o abogado de provincia se apersona al Juzgado. 2.2.2.1.- El Exhorto ingresado por el Centro de Distribución General, deberá ser remitido directamente al Juzgado, su tramitación será encomendada al Asistente de Juez. 2.2.2.2.- Si el interesado se apersona al Despacho del Juez; el asistente de Juez levantará un acta que deje constancia de dicho apersonamiento. 2.2.2.3.- La Providencia y proyección del ofi cio de devolución deberá ser realizado por el Asistente de Juez. 2.2.2.4.- Luego de fi rmado el Decreto y del Ofi cio por el Juez, se procederá al Descargo pertinente en el Sistema Integrado Judicial. 2.2.2.5.- Se procederá en el día a la programación y notifi cación con el especialista de actos externos, procediendo luego a la devolución del cargo al Asistente de Archivo. 2.2.2.6.- El Asistente de Archivo entregará el exhorto al Asistente de Juez; quien procederá a preparar la copia certifi cada del exhorto. 2.2.2.7.- Realizado los pasos anteriores, se procederá a la devolución del exhorto al propio abogado o litigante interesado. 2.3 Se dispone que el Centro de Distribución General remita los exhortos en el día a los Juzgados Civiles; asimismo se deberá de asignar a los asistentes de Juez, el trámite de los exhortos en el Sistema Integrado judicial (SIJ). 3. Registro de Apelaciones 3.1.- A efectos de prevenir el retardo en la formación y elevación de los expedientes o cuadernos de apelación concedidos; así como contar con información cierta respecto de la carga de expedientes en tránsito; cada órgano jurisdiccional llevará un registro de las apelaciones concedidas, en formato excel, descargándose en él, la información pertinente, según el siguiente formato ilustrativo: Expediente Resolución Apelada Consesorio Efecto Formación de Cuaderno Ofi cio Sala Civil (*) 1 29476-2007 Amparo Sentencia 28/Set/07 Resol 04 08/Ene/08 Con efecto suspensivo Ofi cio 083-2008 31/Ene/2008 5º Sala Civil 00254-08 (*) 2 20183-2003 Sentencia 28/Set/07 Resol 29 07/Ene/08 Sin efecto suspensivo 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 Nota (*): Ejemplo propuesto