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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (07/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de agosto de 2009 400493 3.2.- La información que se consigne en el registro deberá ser de responsabilidad del Asistente de Juez o cualquier otra persona que designe el Magistrado. 3.3.- Cada vez que se concede un recurso de apelación el responsable deberá descargar el número de expediente, la resolución apelada, el concesorio, y el efecto de la apelación. De igual modo, en su oportunidad, deberá descargar la información respecto del ofi cio de elevación, la sala y número de expediente asignado. 3.4.- Cada treinta (30) días deberá emitir un informe o reporte respecto de las apelaciones concedidas que aún no han sido elevadas, dando cuenta al Magistrado a cargo del órgano Jurisdiccional, a efectos tome las previsiones del caso. VI. RESPONSABLES Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, los Magistrados y personal Jurisdiccional y Administrativo de los Juzgados Civiles de la Sede Judicial “Javier Alzamora Valdez” . Lima, 29 de diciembre del 2008 ÁNGEL HENRY ROMERO DÍAZ Presidente ALICIA GÓMEZ CARBAJAL SALVADOR PECEROS PÉREZ LUCIANO CUEVA CHAUCA 380858-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Conceden uso del Código de Registro 050A a la Universidad Científica del Perú COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 801-2009-ANR Lima, 17 de julio de 2009. EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolución Nº 120-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, la Resolución Nº 209-2009-UPI-CD de fecha 13 de mayo de 2009, el Ofi cio Nº 133-UCP-SG de fecha 19 de mayo de 2009, el Informe Nº 013-2009-GRADOS Y TITULOS de fecha 19 de junio de 2009, el Informe Nº 414- 2009-DGAJ de fecha 1 de julio de 2009, el Memorando Nº 598-2009-SE de fecha 8 de julio de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Vistos, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades CONAFU, “autoriza el cambio de denominación de la Universidad Particular de Iquitos por el de UNIVERSIDAD CIENTÍFICA DEL PERÚ pudiendo utilizar las siglas UCP”; Que en virtud a la mencionada resolución, mediante Ofi cio Nº 133-UCP-SG, el Secretario General de la Universidad Científi ca del Perú, solicita se asigne o afi rme el Código de Registro: 050 a la citada universidad, con la fi nalidad que los Diplomas que están expidiendo con la nueva denominación fi guren en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la ANR; Que, por Resolución Nº 209-2009-UPI-CD de fecha 13 de mayo de 2009, de la citada universidad, resuelve en su artículo primero “establecer, a partir de la fecha el cambio de membrete en todas las dependencias de la Universidad Científi ca del Perú, quienes ofi cialmente deben utilizar la nueva denominación en todas sus comunicaciones”; Que, mediante el Informe Nº 013-2009-GRADOS Y TITULOS, de fecha 19 de junio de 2009, la Unidad de Registro Nacional de Grados y Títulos de la Secretaría General de la Institución, manifi esta que es necesario elaborar la resolución respectiva, concediendo en forma defi nitiva el uso del nuevo Código de Registro 050A para los Grados académicos y Títulos profesionales que confi ere la Universidad Científi ca del Perú; Que, por Informe Nº 484-2009-DGAJ de fecha 1 de julio de 2009, la Dirección General de Asesoría jurídica opina que debe expedirse la Resolución correspondiente asignando el nuevo Código de Registro, de acuerdo a la Resolución Nº 120-2009-CONAFU; Que, mediante Memorando de Visto, el Secretario Ejecutivo, dispone elaborar la resolución que autorice el nuevo Código de Registro 050-A para la mencionada universidad, de acuerdo al cambio de denominación autorizada mediante Resolución Nº 120-2009-CONAFU, así como al Informe de la Dirección General de Asesoría Jurídica; Estando a la Autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder en forma defi nitiva el uso del Código de Registro 050A, a la Universidad Científi ca del Perú, asignado por la Unidad de Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores para la inscripción de grados académicos y títulos profesionales que confi ere la citada casa de estudios superiores a partir del 13 de mayo 2009; precisándose que se mantiene vigente el Código de Registro 050 para los grados académicos y títulos profesionales conferidos hasta antes del 13 de mayo de 2009 con la denominación Universidad Particular de Iquitos. Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Registro Nacional de Grados y Títulos de la Secretaría General, tome las medidas correspondientes para dar cumplimiento a la presente resolución. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 379726-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Disponen inscripción de SENSOR S.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN N° 447-2009-JNE Expediente N° J-2009-374 Lima, veintiséis de junio de dos mil nueve.