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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (29/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de agosto de 2009 401678 DEFENSA Dejan sin efecto la R.S. Nº 344-2009- DE/SG RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 361-2009-DE/SG Lima, 28 de agosto de 2009 Visto el Memorándum (VPD/DGRI) Nº 001-2009 del Director General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas para la Defensa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 344-2009- DE/SG de fecha 14 de agosto de 2009, se autorizó el viaje en Comisión del Servicio al exterior del Embajador José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, Viceministro de Políticas para la Defensa, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 19 al 21 de agosto de 2009, para que participe en la reunión del “Mecanismo 2 X 9 sobre Haití”; Que, el Director General de Relaciones Internacionales solicita dejar sin efecto la Resolución Suprema indicada en el considerando precedente, en razón que la reunión del “Mecanismo 2 X 9 sobre Haití” ha sido suspendida por el gobierno anfi trión hasta nueva fecha; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 344-2009-DE/SG de fecha 14 de agosto de 2009, por las razones expuestas en la parte considerativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 390680-7 Aceptan y aprueban donación dineraria efectuada a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 803-2009-DE/MGP Lima, 26 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 134/MAAG/NAVSEC el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América de fecha 19 de febrero de 2009, hace de conocimiento que la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos (COMSUBFOR), tiene disponible la cantidad de de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US $ 450,000.00) a favor de la Marina de Guerra del Perú, para ser usados en apoyo al despliegue de submarinos del año 2009, y que mediante Ofi cio V.200-1679 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 14 de abril de 2009, fue aceptada la donación. Que, el Artículo 69º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnicas no reembolsables, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 29075, Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE de fecha 2 de enero de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos de América a través del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de ese país a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú por un monto de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US $ 450,000.00) equivalentes a UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1´332,000.00), para ser usados en el Programa de Iniciativa Submarina Diesel Eléctrico 2009 (DESI 09). Artículo 2°.- Agradecer a la Comandancia de la Fuerza de Submarinos y Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, por su importante contribución. Artículo 3°.- Encargar a la Comandancia General de la Marina para que en nombre y representación del Ministerio de Defensa supervise la ejecución de la donación dineraria materia de aprobación por parte de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 390162-1 Aceptan y aprueban donación dineraria a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 810-2009-DE/SG Lima, 26 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio RE (SME-SID) Nº 2-20-E/264 de fecha 24 de julio de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que los Estados Unidos de América ha considerado una donación de CIENTO CATORCE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US $ 114,000.00), en apoyo al proceso de desminado humanitario en la zona de frontera con el Ecuador, a través de las contribuciones que el Departamento de Estado del citado país ha destinado al Perú en su lucha contra las minas antipersonales; Que, el Artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución de Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica,