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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de agosto de 2009 401681 Que, al haberse derogado las normas referidas, el Decreto Supremo Nº 003-2009-IN, del 02 de abril de 2009, precisó que las autoridades políticas ejercen competencia en el ámbito regional, provincial y distrital, y que la designación dé los Gobernadores en el ámbito regional., se efectúa mediante Resolución Ministerial del Sector Interior; Que, por tales consideraciones, la conclusión de la designación de los Gobernadores Departamentales, debe ser efectuada mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN y el Decreto Supremo Nº 003-2009-IN.; SE RESUELVE: Artículo Único.- DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha, la designación de don Placido Modesto CARCASI FLORES al cargo de Gobernador Departamental de MOQUEGUA. Regístrese, comuníquese y publíquese. OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 390446-1 PRODUCE Aprueban cambios de titulares de permisos de pesca a favor de empresas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 622-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 18 de agosto de 2009 Visto los escritos con registros Nº 00082223-2008, Adjuntos 01, 02, 03,04, 05, 06, de fechas 10 de noviembre del 2008, 13 de febrero, 04 de abril, 20 de mayo, 17 de junio , 02 y 21 de julio del 2009 respectivamente, presentados por CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C.-COPEINCA. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que con Resolución Ministerial Nº 417-94-PE, de fecha 13 de octubre de 1994, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a ARTES DE PESCA S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, denominada “MARCO POLO” de matrícula Nº CE-6323-PM, con una capacidad de bodega de 350 TM, “MARFIL” de matrícula Nº CE-6108- PM, de 320 TM de capacidad de bodega,”GAVIOTA” de matrícula Nº CE-6198-PM de 320 TM, y a la empresa P.E.E.A. SANTA FORTUNATA S.C.R.L, para operar las embarcaciones pesqueras “SAN BLAS” de matrícula Nº CE-4124-PM con una capacidad de bodega de 350 TM y “SAN TELMO 4” de matrícula Nº SE-4673-PM con una capacidad de bodega de 240 TM, las cuales se dedicarán a la extracción de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante Resolución Ministerial Nº 140-95-PE, de fecha 31 de marzo de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a la empresa ARTES DE PESCA S.A., para operar la embarcación pesquera “PARDELA” de matrícula Nº CE-4825-PM con una capacidad de bodega de 320 TM, la cual se dedicará a la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras y utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante Resolución Ministerial Nº 285-96-PE, de fecha 31 de mayo de 1996, se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar entre otras, las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominada “MARFIL” de matrícula Nº PT- 6108-PM, “GAVIOTA” de matrícula Nº PT-6198-PM, “MARCO POLO” de matrícula Nº PT-6323-PM, y “PARDELA” de matrícula Nº PT- 4825-PM a favor de PESCANOVA S.A., en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados; Que mediante Resolución Ministerial Nº 714-97-PE, de fecha 12 de noviembre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “COMANCHE IV” de matrícula Nº CE- 15712-PM, con una capacidad de bodega de 209.91 m3, la cual se dedicará a la extracción de recursos anchoveta y sardina de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas de la costa, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) de longitud mínima de abertura de malla; Que mediante Resolución Ministerial Nº 224-98-PE, de fecha 05 de mayo de 1998, se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones de bandera nacional denominadas, entre otros, “MARFIL” de matrícula Nº PT-6108-PM con una capacidad de bodega de 327.26 m3 , “GAVIOTA” de matrícula Nº PT-6198-PM con una capacidad de bodega de 348.76 m3, “MARCO POLO” de matrícula Nº PT-6323-PM con una capacidad de bodega de 375.38 m3 y “PARDELA” de matrícula Nº PT-4825-PM con una capacidad de bodega de 341.42 m3 , a favor de la empresa DEL MAR S.A., en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados; Que mediante Resolución Directoral Nº 204-98- PE/DNE, de fecha 01 de julio de 1998, se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “SAN TELMO 4” de matrícula Nº SE-4673- PM con una capacidad de bodega de 248.15 m3 a favor de PESQUERA CABO PEÑAS S.R.Ltda, en los mimos términos y condiciones en que fueron otorgados; Que mediante Resolución Directoral Nº 205-98-PE/ DNE, de fecha 01 de julio de 1998, se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional que se denomina “SAN BLAS” de matrícula Nº CE-4124-PM, con una capacidad de bodega de 372.41m3 a favor de PESQUERA CABO PEÑAS S.R.Ltda; Que mediante Resolución Directoral Nº 225- 99-PE/DNE, de fecha 27 de setiembre de 1999, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “SAN BLAS” de matrícula Nº CE-4124-PM, con una capacidad de bodega de 372.41 m3 , a favor de PESQUERA SAN LORENZO S.A.C., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Directoral Nº 183-99- PE/DNE, de fecha 16 de agosto de 1999, se autorizó el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “SAN TELMO 4” de matrícula Nº SE-4673- PM, con una capacidad de bodega de 248.15 m3 a favor de PESQUERA SAN LORENZO S.A.C; Que mediante Resolución Directoral Nº 255-2005- PRODUCE/DNEP, de fecha 30 de setiembre del 2005, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 714-97-PE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada