TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de agosto de 2009 401683 Pesquera San Lorenzo S.A.C. la Resolución Directoral Nº 225-99-PE/DNE, y la Resolución Directoral Nº 183- 99-PE y a la empresa Corporación Pesquera Newton S.A.C., la Resolución Directoral Nº 255-2005-PRODUCE/DNEPP. Artículo 5º.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a la Ofi cina de Ejecución Coactiva del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 389818-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 625-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 18 de agosto de 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00053894 de fecha 08 de julio del 2009, presentado por la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 164-95-PE de fecha 18 de abril de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros al señor GIOVANNI NESTOR MANDRIOTTI CASTRO, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM, de 350 toneladas de capacidad de bodega, para la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolución Directoral Nº 492-2007- PRODUCE/DGEPP de fecha 09 de noviembre de 2007, se incorpora a la embarcación pesquera denominada “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM en los listados del Anexo II “Embarcaciones consideradas por el Ministerio de la Producción para la sustitución de la capacidad de bodega a que se refi ere el Artículo 24º de la Ley General de Pesca y los Artículos 12º y 18º de su Reglamento de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; Que a la fecha, la embarcación pesquera “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM de 395.25 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE; Que, mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A. representada por su apoderado el señor GIOVANNI NESTOR MANDRIOTTI CASTRO, solicitó cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM, cumpliendo con presentar los requisitos previstos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, de acuerdo a la documentación presentada por la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A., el Certifi cado Compendioso de Dominio y el Certifi cado de Matricula de la embarcación pesquera “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM, el administrado acredita la propiedad sobre la referida embarcación; Que, de la evaluación efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM presentado por la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A., se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 867-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A. el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolución está supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM otorgado al señor GIOVANNI NESTOR MANDRIOTTI CASTRO consignado en la Resolución Directoral Nº 235-2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A. como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “CAPRICORNIO 5” de matrícula CE-6387-PM, así como la presente Resolución en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE excluyendo al señor GIOVANNI NESTOR MANDRIOTTI CASTRO consignado en dicho anexo. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 389818-4