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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de agosto de 2009 401690 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio efectuar operaciones para la adquisición de inmueble para la sede de la Residencia Oficial de la Misión Diplomática del Perú acreditada en Colombia DECRETO SUPREMO Nº 061-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado peruano establece, mantiene y busca incrementar sus relaciones internacionales con otros Estados y en especial con los países limítrofes; Que, el Perú mantiene profundos lazos de amistad y confraternidad, así como, importantes relaciones político-diplomáticas, comerciales, culturales, sociales y humanitarias con el hermano país limítrofe de la República de Colombia. Por ello, requiere de una infraestructura adecuada, con las condiciones de seguridad necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones; Que, a la fecha, el Estado peruano es arrendatario del inmueble ubicado en Carrera Cuarta (4a) número noventa y uno A cero cuatro (Nº 91 A-04) de la nomenclatura urbana de Bogotá, D.C., República de Colombia, el que constituye actual sede de la Residencia Ofi cial de la Misión Diplomática del Perú acreditada en dicho país, por el que, desembolsa mensualmente un monto equivalente a US$ 6,074.00 (Seis Mil Setentaicuatro y 00/100 Dólares Estadounidenses); Que, frente a lo señalado en el párrafo precedente, con fecha 15 de mayo de 2009, la Embajada del Perú en Bogotá, presentó a la Cancillería, tres ofertas de venta de inmuebles, que oscilan entre US$ 1,100,000.00 y US$ 1,818,000.00 Dólares Estadounidenses, entre ellas, la más favorable para los intereses del Estado peruano, desde el punto de vista del valor del inmueble, la ubicación estratégica, el área del inmueble, resulta ser la oferta que ofrece la Sociedad Antiques de Reyes & Cía. S.C.A., propietaria del inmueble ubicado en Carrera 3 Nº 77-00 NRS, Urbanización Los Rosales, identifi cada con matrícula Nº 50C-231086, ubicado en la Carrera 3 Nº 77-00 de la actual nomenclatura urbana de la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con un área de terreno de 1,103.90 metros cuadrados y un área construida de 905 metros cuadrados; Que, la oferta de venta del inmueble que ofrece la Sociedad Antiques de Reyes & Cía. S.C.A., asciende a la suma de US$ 1,600,000.00 (Un Millón Seiscientos Mil y 00/100 Dólares Estadounidenses); Que, la presente oferta de ocasión incluye por el valor del precio de venta, el mobiliario completo conformado fundamentalmente por piezas anticuario de gran valor y la renovación y modernización de algunos ambientes; Que, la oferta resulta muy ventajosa para los intereses del Estado peruano en términos fi nancieros y monetarios de costo-benefi cio, teniendo en cuenta además el costo de oportunidad, con el que se ahorraría el pago mensual del arrendamiento del inmueble actual, Residencia Ofi cial de la Misión Diplomática del Perú en Bogotá, República de Colombia; Que, siendo el tema de seguridad prioritario en la República de Colombia, el mencionado inmueble a adquirirse ofrece mayores condiciones de seguridad que no pueden ofrecer otras zonas más alejadas del eje diplomático, así como también, reúne las condiciones de óptima ubicación urbana, dado que está en una zona de importantes embajadas, asociada a su prestancia y calidad arquitectónica, considerada como patrimonio histórico de Bogotá; Que, la suma de US$ 1,600,000.00 (Un Millón Seiscientos Mil y 00/100 Dólares Estadounidenses), que constituye el precio de venta del inmueble será cancelado en dos partes, la primera mitad con dinero producto de la venta del inmueble de propiedad del Perú en Bonn, República Federal de Alemania y el saldo a la entrega del inmueble a entera satisfacción, a través de un préstamo producto de una operación de endeudamiento interno que se ejecutará de conformidad con la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, la Ley Nº 29290 - Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009 y demás normas que correspondan; Que, el Decreto Ley Nº 18214 de fecha 10 de abril de 1970 autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores, entre otros, a emplear el producto de la venta en la adquisición o construcción de inmuebles que se utilizarán como sede de sus embajadas y consulados en el exterior, y en el equipamiento de los mismos; Que, la compra del mencionado inmueble para sede de la Residencia Ofi cial de la Misión Diplomática del Perú acreditada en la República de Colombia, se sustenta en lo establecido por la Novena Disposición Final de la Ley Nº 28939, Ley que exceptúa al Ministerio de Relaciones Exteriores de las prohibiciones contenidas en el literal h) del artículo 5º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, para la adquisición de inmuebles, en el marco de las normas de austeridad, para las sedes de las misiones en el exterior mediante préstamos bancarios, leasing fi nanciero o cualquier otra modalidad de fi nanciamiento, debiéndose sujetar a las normas que rigen el endeudamiento público; Que, asimismo la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, de fecha 14 de marzo de 2008, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 064- 2007-RE, de fecha 12 de diciembre de 2007, establece el procedimiento a seguir para la adquisición, construcción, permuta y venta de inmuebles en el exterior; Que, el Informe Técnico-Económico Nº (COP)002- 2009, emitido por el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la Disposición de Inmuebles de Propiedad del Estado en el Exterior, sustenta la necesidad de adquirir el inmueble ubicado en Carrera 3 Nº 77-00 NRS, Urbanización Los Rosales, identifi cada con matrícula Nº 50C-231086, ubicado en la Carrera 3 Nº 77-00 de la actual nomenclatura urbana de la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para la sede de la Residencia Ofi cial de la Misión Diplomática del Perú acreditada en dicho país; Que, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la Disposición de Inmuebles de Propiedad del Estado en el Exterior, en su sesión de fecha 25 de mayo de 2009, emitió opinión favorable, respecto de la adquisición del inmueble precitado con base al Plan Multianual para la Adquisición, Construcción, Venta, Permuta y/o Cesión en Uso por Reciprocidad de Propiedades del Estado, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, de fecha 13 de febrero de 2008, aprueba los criterios para identifi car las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Ofi cinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uno en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad; Con la opinión favorable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales contenida en el Oficio Nº 5791-2009/SBN-GO de fecha 28 de mayo de 2009; De conformidad con el Decreto Ley Nº 18214 de fecha 10 de abril de 1970, la Ley Nº 28939, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; DECRETA: Artículo 1º.- AUTORIZACIÓN DE ADQUISICIÓN DEL INMUEBLE Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar las operaciones que sean necesarias para la