Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2009 (04/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407249

Articulo 5º.- Atencion del servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasionen los bonos que se emitan correspondientes al tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, son atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 431637-6

17 741 774,29 (DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 29/100 NUEVOS SOLES), para ejecutar diez (10) proyectos de inversion publica a su cargo; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el trigesimo MORDAZA tramo de la emision interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, destinado a financiar los proyectos de inversion publica mencionados en el considerando precedente a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica; Que, han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, y el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modificado por los Decretos de Urgencia Nº 058-2009, 080-2009 y 103-2009; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion del trigesimo MORDAZA tramo de la emision interna de bonos soberanos Autoricese el trigesimo MORDAZA tramo de hasta S/. 17 741 774,29 (DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 29/100 NUEVOS SOLES) de la emision interna de bonos soberanos aprobada en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a financiar los proyectos de inversion publica a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica que se detallan en el Anexo A que forma parte integrante de esta MORDAZA legal, el cual es publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe/ ESPEC/mercado /bonos_regionales/, en la fecha de publicacion del presente dispositivo. Articulo 2º.- Caracteristicas generales de la emision interna de bonos Para los fines de la emision del trigesimo MORDAZA tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, los bonos soberanos contaran con las siguientes caracteristicas: - Monto MORDAZA a emitir - Unidad Responsable : Hasta S/. 17 741 774,29 : Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. - Estructurador : Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. - Moneda : Nuevos Soles. - Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables. - Modalidad de Colocacion : A traves de subastas. - Plazo de Colocacion : En varias fechas, hasta el 31 de diciembre de 2010. - Registro : Los bonos seran registrados mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- De la emision y colocacion del trigesimo MORDAZA tramo autorizado Para los fines de la emision del trigesimo MORDAZA tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, se aplicara lo dispuesto en el "Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno" aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los items i), ii) y iii) del literal b) y el literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, los mismos que para efectos de la emision y colocacion del referido tramo, se reemplazaran de acuerdo al siguiente texto:

Autorizan Trigesimo MORDAZA Tramo de la Emision de Bonos Soberanos en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 0402009
DECRETO SUPREMO Nº 282-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, se aprobo la emision de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que se destinaran a financiar proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 1.3 del Articulo 1º del mencionado Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y el refrendo del Ministro de Economia y Finanzas, se autoriza cada tramo de la emision de bonos soberanos, que pueden ser colocados en una o varias fechas; Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que, en el citado decreto supremo se fijan las caracteristicas generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen los proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales a ser financiados con los recursos que se obtengan con la colocacion del respectivo tramo; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 179-2009EF/75 se aprobaron los "Lineamientos para la Aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 040-2009" y los indices de distribucion de los recursos provenientes de la emision y colocacion de bonos soberanos; Que, de la aplicacion de los citados indices de distribucion, corresponde al Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica un financiamiento de hasta S/. 101 450 100,00 (CIENTO UN MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales a la fecha existe un saldo disponible de hasta S/. 95 327 710,74 (NOVENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS DIEZ Y 74/100 NUEVOS SOLES); Que, el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica ha presentado a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los documentos requeridos para acceder al financiamiento a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 040-2009, y sus modificatorias, hasta por un monto de S/.

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