Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2009 (04/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

407260

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

Declaran a Electronorte S.A. como MORDAZA titular de la concesion definitiva para realizar la actividad de distribucion de energia electrica en los valles de Olmos y Motupe
RESOLUCION SUPREMA Nº 079-2009-EM MORDAZA, 3 de diciembre de 2009 VISTOS: El Expediente Nº 15127502 sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en los valles de Olmos y Motupe y el procedimiento de la subasta de los bienes y derechos de esta concesion definitiva; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 026-2005EM, publicada el 17 de MORDAZA de 2005, se otorgo a favor de Consorcio Electrico Villacuri S.A.C.- COELVISAC la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en los valles de Olmos y Motupe, ademas de aprobarse mediante esta misma Resolucion el Contrato de Concesion Nº 238-2005; Que, como consecuencia del incumplimiento de COELVISAC en la ejecucion de las obras conforme al Calendario de Ejecucion de Obras consignado en el Contrato de Concesion Nº 238-2005, mediante la Resolucion Suprema Nº 039-2007-EM publicada el 14 de setiembre de 2007, el Ministerio de Energia y Minas declaro la caducidad de la citada concesion definitiva; Que, conforme al articulo 4º de la Resolucion Suprema Nº 039-2007-EM, la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A.- ADINELSA fue designada como interventor temporal hasta que se designe a un MORDAZA titular de la concesion por medio del MORDAZA de subasta de los bienes y derechos de la concesion definitiva de los valles de Olmos y Motupe; Que, la Direccion General de Electricidad cumplio con determinar el monto final de la valorizacion de los bienes y derechos de la concesion definitiva de Olmos y Motupe, considerando ademas los gastos incurridos por ADINELSA y el propio Ministerio de Energia y Minas, segun la informacion que proporciono cada una de dichas entidades, cumpliendose de esta forma con lo previsto en el literal a) del articulo 79º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, de acuerdo con el literal b) del articulo 79º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, el Ministerio de Energia y Minas debe formular las Bases que regiran la subasta publica, las cuales deberan contener la informacion necesaria para llevar a cabo dicho proceso; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 148-2009MEM/DM de fecha 20 de marzo de 2009, el Ministerio de Energia y Minas constituyo un Comite que tuvo a su cargo el citado MORDAZA, siguiendo para tales efectos los previsto en los literales c), d), e) y f) del articulo 79º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, a pedido del Comite que se indica en el parrafo precedente, mediante la Resolucion Directoral Nº 0122009-EM/DGE de fecha 06 de MORDAZA de 2009 fueron aprobadas las Bases que rigieron el MORDAZA de subasta; Que, los dias 06, 07 y 08 de MORDAZA de 2009, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el aviso de convocatoria de la subasta, tras lo cual hubieron personas naturales y juridicas interesadas en adquirir las Bases; Que, el 12 de MORDAZA de 2009, mediante el documento ingresado bajo el registro Nº 1884261, COELVISAC interpuso un Recurso de Apelacion contra las Bases de la subasta de los bienes y derechos de la concesion de Olmos y Motupe; Que, el 21 de MORDAZA de 2009, mediante el Memorando Nº 002-200/MEM-Comision RM Nº 148-2009-MEM/DM, el Comite solicito a la Direccion General de Electricidad la suspension del MORDAZA de subasta de los bienes y derechos de la concesion definitiva de distribucion de los

valles de Olmos y Motupe, con la finalidad de evaluar y recomendar las modificaciones que deban efectuarse, considerando las observaciones y comentarios hechos por los interesados en participar en el citado proceso; Que, el 02 de junio de 2009, mediante el Oficio Nº 179-2009-EM/VME, acompanado del Informe Nº 1122009-MEM/OGJ de fecha 27 de MORDAZA de 2009, el Vice Ministerio de Energia del Ministerio de Energia y Minas resolvio declarar carente de fundamento el Recurso de Apelacion presentado por COELVISAC el 12 de MORDAZA de 2009; ademas, dio instrucciones al Comite para que efectue correcciones de forma a las referidas Bases; Que, el 14 de agosto de 2009, mediante la Resolucion Directoral Nº 042-2009-EM/DGE, fueron aprobadas las nuevas Bases que rigieron el MORDAZA de subasta; Que, los dias 14, 15 y 16 de agosto de 2009, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el MORDAZA aviso de convocatoria de la subasta, senalando las nuevas fechas para cada una de las etapas de la subasta; Que, el 20 de agosto de 2009, mediante el documento GG-345-2009, ingresado bajo el registro Nº 1915718, Electronorte S.A. presento nuevas observaciones y consultas respecto al texto de las nuevas Bases de las subasta; Que, el 26 de agosto de 2009, tras una sesion de trabajo el Comite decidio: a) Desestimar el escrito GG345-2009 presentado por Electronorte S.A. por haberse presentado fuera de plazo, debido a que, de acuerdo con el cronograma del MORDAZA de subasta, la MORDAZA de las consultas debian haberse presentado entre el 17 y 19 de agosto de 2009, b) De oficio el Comite opto por efectuar las aclaraciones del caso a algunas de las consultas planteadas por Electronorte S.A.; y, c) Hacer de conocimiento del Director General de Electricidad lo concluido por el Comite, a fin de que se proceda a comunicar a los postores de la subasta acerca de las aclaraciones a las nuevas Bases; Que, el 28 de agosto de 2009, en Acto Publico y en presencia del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario Publico de MORDAZA, se llevo a cabo la recepcion de las ofertas de los postores que adquirieron las Bases de la subasta, siendo Electronorte S.A. el unico postor que presento una oferta; Que, el 02 de setiembre de 2009 el Comite llevo a cabo una sesion de trabajo en la que se evaluo la oferta de Electronorte S.A., unico postor que se presento a la subasta, acordando lo siguiente: a) Electronorte S.A. precalifico para pasar a la fase de apertura de propuesta economica; y, b) Hacer de conocimiento del Director General de Electricidad lo concluido por el Comite, a fin de que se proceda a publicar la citada precalificacion conforme lo establecido en el numeral 7.8 de las Bases; Que, los dias 09 y 10 de setiembre de 2009 fue publicado los resultados de la precalificacion, en la que se concluyo que la propuesta de la empresa Electronorte S.A. precalifico para pasar a la fase de apertura de su propuesta economica; Que, el 11 de setiembre de 2009, en Acto Publico y en presencia del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario Publico de MORDAZA, se llevo a cabo la apertura del sobre con la propuesta economica de la empresa Electronorte S.A., tras lo cual se concluyo dar como valida dicha propuesta y otorgar la Buena Pro como ganador de la subasta; Que, el 18 de setiembre de 2009, mediante el documento GR-1827-2009, ingresado bajo el registro Nº 1923752, Electronorte S.A. informo a la Direccion General de Electricidad acerca de los pagos efectuados a favor del Ministerio de Energia y Minas, de COELVISAC y de ADINELSA, en cumplimiento de los numerales 10.3 y 13.2.1 de las Bases de la subasta; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00993-EM, y contando con la opinion a que se refiere el Informe Nº 306-2009-DGE-DCE, corresponde aprobar al MORDAZA titular de la concesion definitiva de distribucion de los Valles de Olmos y Motupe; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y el articulo 54º del citado Reglamento;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.