Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2009 (04/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

de Padres de Familia ­ APAFAS y de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; Que, el MORDAZA de distribucion de los bienes adquiridos en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 015-2009 no esta vinculado a la medida de compras directas a las MYPE, por lo que resulta necesario modificar el Decreto Supremo Nº 001-2009-MIMDES, a efectos que el Nucleo Ejecutor de Distribucion sea presidido por el representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, asi como dictar medidas que permitan agilizar la gestion de los Nucleos Ejecutores; De conformidad, con lo dispuesto por la Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto de Urgencia Nº 015-2009 y la Resolucion Suprema Nº 342-2008-PCM. DECRETA: Articulo 1º.- Modificatoria del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 001-2009-MIMDES. Modificase el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 001-2009-MIMDES, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 010-2009-MIMDES, el cual quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 6º.- De la Distribucion de los bienes Los bienes deberan ser distribuidos por un Nucleo Ejecutor de Distribucion que se conformara para tal fin y contara con las capacidades establecidas en el articulo 4º del presente Decreto Supremo, y estara integrado por un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien lo presidira, del Ministerio de la Produccion, del Ministerio de Educacion, de las APAFAS y de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. La distribucion se efectuara conforme a los requerimientos y zonas que establezca el Ministerio de Educacion. Los bienes seran recibidos por Comites de Recepcion identificados por el Ministerio de Educacion, los que estaran conformados, cuando sea posible, por representantes de la Asociacion de Padres de Familia ­ APAFA y la Direccion del Centro Escolar. El Ministerio de Educacion y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social realizaran acciones de coordinacion para el seguimiento de la labor de distribucion, adoptando las medidas que correspondan". Articulo 2º.- Modificatoria del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2009-MIMDES. Modificase el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0102009-MIMDES, el cual quedara redactado con el siguiente texto: "Articulo 2º.- De la preliquidacion de los Nucleos Ejecutores creados por el Decreto Supremo Nº 0012009-MIMDES Los Nucleos Ejecutores de Uniformes, Calzado, Chompas, Buzos y Carpetas son competentes para culminar con el MORDAZA de adquisicion de bienes a las MYPE, debiendo transferir los bienes adquiridos y toda la informacion vinculada a la distribucion, al Nucleo Ejecutor de Distribucion. Los Nucleos Ejecutores de Uniformes, Calzado, Chompas, Buzos y Carpetas continuaran con la distribucion de bienes a los beneficiarios hasta el inicio de operaciones del Nucleo Ejecutor de Distribucion. Los recursos asignados para el MORDAZA de distribucion segun los convenios suscritos por FONCODES con los Nucleos Ejecutores de Uniformes, Calzado, Chompas, Buzos y Carpetas seran reasignados al Nucleo Ejecutor de Distribucion por los citados Nucleos Ejecutores bajo supervision de FONCODES. De la misma manera se procedera, de existir saldos en los procesos de compra, inspeccion, supervision o gestion, previa preliquidacion de los mismos. Para tales fines, FONCODES abrira una cuenta bancaria en el Banco de la Nacion a nombre de cada Nucleo Ejecutor Distribucion bajo el Registro Unico de Contribuyentes de FONCODES, a traves de la cual el

Nucleo administrara los recursos en el MORDAZA de la normas que resulten aplicables". Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Educacion y la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion 431637-12

PRODUCE
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 29152 - Ley que establece la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Investigacion y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM
DECRETO SUPREMO Nº 032-2009-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 28939 - Ley que aprueba credito suplementario y transferencia de partidas en el presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2006, creo entre otros Fondos, el "Fondo de Investigacion y Desarrollo para la Competitividad" (FIDECOM), con la finalidad de promover la investigacion y desarrollo, especialmente en proyectos de innovacion productiva con participacion empresarial, que MORDAZA de utilizacion practica para el incremento de la competitividad; Que, la Ley Nº 29152 - Ley que establece la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Investigacion y Desarrollo para la Competitividad, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0032009-PRODUCE, establecen las normas que regulan la implementacion y el funcionamiento del citado Fondo; Que, el articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 1086 - Ley de Promocion de la Competitividad, Formalizacion y Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa y del Acceso al Empleo Decente, incorporo a las microempresas como beneficiarios del FIDECOM, en particular para capacitacion en innovacion y gestion empresarial, y mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2008, se dictaron medidas extraordinarias en materia economica y financiera para la ejecucion de los fondos creados por la Ley Nº 28939 referida precedentemente, entre los que se encuentra el FIDECOM; Que, a fin de asegurar el correcto uso de los recursos publicos, es necesario modificar el Reglamento de la Ley Nº 29152 aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2009-PRODUCE, para un adecuado desembolso del cofinanciamiento del Estado a los proyectos seleccionados; De conformidad con las normas citadas precedentemente, el numeral 11.3 del articulo 11º de la

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