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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (08/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES (O3HUXDQR Lima, martes 8 de diciembre de 2009 407508 $UWtFXOR6H[WR)DFXOWDGHVGHO$OFDOGH Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte la prórroga de la presente ordenanza. $UWtFXOR6pWLPR'HO&XPSOLPLHQWRGHOD 2UGHQDQ]D Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración Financiera Secretaría General y Ofi cina de Imagen Institucional, la difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde  MUNICIPALIDAD DE LINCE Establecen beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria a favor de vecinos de Lince 25'(1$1=$1ž0'/ Lince, 30 de noviembre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 025 de fecha 26 de Noviembre del 2009, emitido por la Comisión de Economía y Administración, con el voto unánime de los señores Regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente: 25'(1$1=$48($358(%$(/352*5$0$ ³3217($/'Ë$$01,67Ë$75,%87$5,$ <$'0,1,675$7,9$ (6782325781,'$'´ $UWtFXORž2%-(7,92 Establece un benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria a favor de los vecinos de Lince que tengan obligaciones formales y/o sustanciales pendientes. $UWtFXORž$/&$1&(6'(/%(1(),&,2 Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza gozarán de los siguientes benefi cios: a) Rebaja de las multas tributarias por no presentar la declaración jurada de Autovalúo dentro de los plazos establecidos hasta del 95%, siempre y cuando los Tributos Municipales estén cancelados hasta el ejercicio anterior. b) Condonación del 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por deudas de impuesto predial y arbitrios vencidos al 31 de diciembre del año 2008, de acuerdo al inciso a) del articulo 5º de la presente Ordenanza. c) Condonación del 100% de los intereses moratorios y/o reajustes generados por tributos vencidos de impuesto predial del año 2009, para aquellos contribuyentes que no tengan deudas al 31 de diciembre del año 2008. d) Descuento del 10% por regularización de los Arbitrios Municipales del año 2009 sobre el total de la liquidación a la fecha de cancelación. e) Condonación del 100% de las costas y gastos derivados del procedimiento de cobranza coactiva, siempre que cumplan con el pago total de la deuda, hasta Diciembre 2009 y S/. 20.00 Nuevos soles; pago único por deudas parciales del año y/o años anteriores. f) Multas Administrativas, los administrados que efectúen el pago al contado de la multa, tendrán los siguientes descuentos: • Multas impuestas durante el año 2008 y 2009 : 50% de descuento • Multas impuestas durante el año 2003 al 2007 : 70% de descuento