Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sancion se encuentre vigente; Que, segun el Oficio N° 1009-2009ZRN°V/GAF, citado en el Informe N° 404-2009-Z.R. N° V/OL, "de la revision de las partidas registrales (...) se desprende que el Sr. MORDAZA MORDAZA Renteria MORDAZA, no solo es representante legal de la empresa PHOEBUS TRADING EIRL (que ha sido sancionada con inhabilitacion temporal) sino que tambien es titular de la misma, es el Titular ­Gerente, asi como tambien es apoderado y socio participacionista de la sociedad M&F TRADING SRL (ganador de la buena pro en los Items 1, 5 y 6 de la ADP N° 001-2009-ZR N° V-ST". Asimismo, segun el Informe N° 408-2009-Z.R: N° V/OL, "la participacion de don MORDAZA MORDAZA Renteria MORDAZA en MORDAZA empresas no solo es como representante legal; sino ademas como titular en la primera y socio mayoritario en la MORDAZA siendo que su participacion en ambos casos supera el 5% del capital de MORDAZA empresas"; Segun lo dispuesto en el articulo 56 de la Ley de Contrataciones del Estado, el Titular de la Entidad declarara de oficio la nulidad cuando se MORDAZA configurado una contravencion de lo dispuesto en el citado articulo 10. Dicho supuesto de nulidad, se encuentra acreditado en el presente caso, de acuerdo a lo expuesto en el considerando precedente. En consecuencia, corresponde declarar la nulidad de la buena pro en los items 1, 5 y 6, en los cuales resulto beneficiaria M&F TRADING SRL, y retrotraer a la etapa de calificacion de propuestas, etapa en la cual no se considerara la propuesta presentada por M&F TRADING S.R.L., por encontrarse inhabilitado para ser postor y contratar con el Estado. Estando a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y al Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; con la respectiva visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. SE RESUELVE: .- DECLARAR FUNDADA la apelacion presentada por COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS EN GENERAL S.R.L.- COPEGER SRL contra la buena pro otorgada a favor de la empresa M&F TRADING S.R.L. en la ADS N° 001-2009/Z.R. N°V-ST. Declarar la nulidad de la buena pro en los items 1, 5 y 6, en los cuales resulto beneficiaria M&F TRADING SRL, y retrotraer el MORDAZA de seleccion en lo que corresponde a dichos items, hasta la etapa de calificacion de propuestas, etapa en la cual no se considerara la propuesta presentada por M&F TRADING S.R.L., por encontrarse inhabilitado para ser postor y contratar con el Estado. DISPONER que la Secretaria General: 1) notifique la presente Resolucion a la MORDAZA Registral V-Sede MORDAZA, con la finalidad que esta la publique en la pagina web del SEACE; 2) publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese en el SEACE y en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

VISTO: el Oficio Nº 1443-2009-SUNARP-Z.R.NºIXGAF/JEF de fecha 2 de diciembre de 2009 remitido por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 381-2009-SUNARP/ SN de fecha 26 de noviembre de 2009, se dispuso la NULIDAD del otorgamiento de la Buena Pro otorgado a la empresa "Reparaciones Electromecanicas y Servicios de Ingenieria SAC", en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 007-2009-ZRLIMA, convocada para contratar el "Servicio de cambio de cables de media tension de la Subestacion Electrica del local Rebagliati de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima"; Que, mediante el documento de visto, la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, indica que resulta necesario precisar el Nº del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva cuya nulidad fue declarada, pues no corresponde al Nº 0072009-ZRLIMA sino al Nº 013-2009-ZRLIMA; Que, en tal virtud, y de conformidad con lo dispuesto literales v) y w) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Precisar, en el articulo 1º de la Resolucion Nº 381-2009-SUNARP/SN, que la NULIDAD del otorgamiento de la Buena Pro a la empresa "Reparaciones Electromecanicas y Servicios de Ingenieria SAC", es sobre el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 013-2009-ZRLIMA, convocada para contratar el "Servicio de cambio de cables de media tension de la Subestacion Electrica del local Rebagliati de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Lima". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Imponen medida disciplinaria de destitucion a Secretarios Judiciales del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de El Tambo, Huancayo

MORDAZA, dieciseis de MORDAZA de dos mil nueve. La Investigacion ODICMA numero ciento veintidos guion dos mil ocho guion MORDAZA seguida contra Wilder MORDAZA Ayuque Quinones y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus actuaciones como Secretarios Judiciales del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de El Tambo, Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junin; de conformidad con la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion de fecha veintiocho de noviembre de dos mil ocho, obrante de fojas cuatrocientos setenta y tres a cuatrocientos ochenta y siete; y, La Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante resolucion de fojas sesenta y cinco, abre investigacion contra Wilder MORDAZA Ayuque Quinonez, en

Precisan MORDAZA de adjudicacion directa selectiva en el cual se dispuso la nulidad del otorgamiento de la buena pro a que se refiere la Res. Nº 3812009-SUNARP/SN

MORDAZA, 4 de diciembre de 2009

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