Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, el costo del respectivo viaje de inspeccion, esta integramente cubierto por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva Orden de Inspeccion y referida en el Informe No. 758-2009MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29289, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara desde el 08 al 12 de diciembre de 2009, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 758-2009MTC/12.04 y No. 434-2009-MTC/12.04. Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto. Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Saneamiento fomentar la iniciativa e inversion privada y la participacion de las organizaciones de la sociedad civil, en la expansion de la cobertura de la infraestructura economica, social y equipamiento de los centros de poblacion y areas de influencia. Del mismo modo, el literal h) del Articulo 8º de la citada MORDAZA dispone que es funcion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, promover la participacion del sector privado, en el ambito de su competencia, para el desarrollo de la construccion de infraestructura, saneamiento y para la atencion de requerimientos habitacionales; Que, el Decreto Legislativo Nº 1012, que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico-Privadas para la Generacion de Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilizacion de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada, establece los principios, procesos y atribuciones del Sector Publico para la evaluacion, implementacion y operacion de infraestructura publica o la prestacion de servicios publicos, con participacion del sector privado, asi como el MORDAZA general aplicable a las iniciativas privadas; Que, el numeral 6.1 del articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 1012, dispone que para el caso del Gobierno Nacional, los Organismos Promotores de la Inversion Privada - OPIP son la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, para los proyectos que se le asignen en funcion de su relevancia nacional y los Ministerios a traves de los Comites de Inversion que conformen; Que, conforme al numeral 9.7 del articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 1012, la designacion de los Comites de Inversion por parte del Ministerio, se efectua mediante Resolucion Suprema la que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 028-2009VIVIENDA, publicada el 24 de octubre del 2009 en el Diario Oficial El Peruano, se crea el Comite de Inversion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con el objeto de llevar a cabo procesos de promocion de inversion privada y evaluacion de iniciativas privadas de proyectos de obras publicas y servicios publicos, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1012, designandose a sus miembros; Que, sin embargo, se hace necesario efectuar determinadas modificaciones a la citada Resolucion Suprema, a efectos de implementar de modo mas eficiente las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1012; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:

Modifiquese el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 028-2009-VIVIENDA con el siguiente texto:

VIVIENDA
Modifican R.S. Nº 028-2009-VIVIENDA referente a Comite de Inversion del Ministerio

El Comite de Inversion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento estara conformado por los siguientes integrantes: - Senor Freddy MORDAZA MORDAZA Quinones, quien lo presidira. - Senor MORDAZA MORDAZA Marmanillo Bustamante. - Senor MORDAZA MORDAZA Sulem Chu Jon. Para cada proyecto que sea sometido a consideracion del Comite, este designara un Secretario Tecnico ad hoc especializado en la materia, quien sera responsable de brindar el soporte necesario para la realizacion de las actividades a cargo del Comite en el proyecto que le sea asignado. Las funciones que de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promocion de la Inversion Privada de las Empresas del Estado, el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Texto Unico Ordenado de las normas

MORDAZA, 7 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, considera como un objetivo del Ministerio de Vivienda, Construccion y

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