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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de diciembre de 2009 407844 AMBIENTE Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA DECRETO SUPREMO Nº 022-2009-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 del 13 de mayo de 2008 se creó el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, acorde con la Séptima Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 103, se aprobó a través del Decreto Supremo Nº 001-2009-MINAM el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, mediante Ley Nº 29325, se creó el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, siendo el OEFA el Ente Rector del citado Sistema; Que, la citada Ley otorgó al OEFA las funciones generales de evaluación, supervisión de entidades, supervisión directa, fi scalización y sanción y normativa; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29325, autoriza al OEFA a adecuar sus instrumentos de gestión conforme a lo dispuesto en dicha Ley; por lo que, resulta necesario modifi car el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Informe Nº 001-2009-PCM/SGP.JCR, conforme a la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y a los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Apruébese el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, que consta de once (11) Títulos, diez y siete (17) Capítulos, cuarenta y seis (46) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias, que como anexo forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. El Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA aprobado por el artículo 1º del presente Decreto Supremo deberá ser publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam. gob.pe) y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa. gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Vigencia El Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA aprobado por el presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el portal institucional del OEFA. Artículo 4º.- Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo Nº 001-2009-MINAM, a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- Aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Facúltese al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA para formular, en un plazo no mayor de treinta (30) días, computados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, el Cuadro de Asignación de Personal - CAP. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 435388-3 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE DECRETO SUPREMO Nº 292-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850, se creó el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, a través del Decreto Supremo Nº 082-2005-PCM se adscribió el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE al Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el Decreto Legislativo Nº 1017, aprobó la nueva Ley de Contrataciones del Estado; asimismo, en la Única Disposición Complementaria Derogatoria de dicho Decreto, se derogó la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que creó el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, el referido Decreto Legislativo defi ne en su artículo 57º al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, como un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera y en su Novena Disposición Complementaria Final, establece que en adelante, cualquier referencia al CONSUCODE, se entenderá hecha al OSCE; así como a las competencias, funciones y atribuciones que éste venía ejerciendo; igualmente, a sus aspectos presupuestarios, contables, fi nancieros, de tesorería, inversión y otros sistemas administrativos, se entenderán hechas al OSCE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF se aprobó el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; el cual ha sido modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 021-2009-EF y Decreto Supremo Nº 140- 2009-EF; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, con la fi nalidad de que obtenga los más altos niveles de efi ciencia en el cumplimiento de sus funciones; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2009, se estableció el 1º de febrero de 2009 como fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprobó la nueva Ley de Contrataciones del Estado; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE; Que, el artículo 37º de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la