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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de diciembre de 2009 407853 recomendaciones derivadas de la Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales; el Decreto Supremo Nº 071-2003-EF, que establece disposiciones reglamentarias al artículo 16º de la Ley Nº 27803, relativa al pago de compensación económica; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus normas modifi catorias, complementarias y reglamentarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pago de la Compensación Económica prevista por el artículo 3° de la Ley N° 27803, a los ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente inscritos con la publicación de la Resolución Suprema Nº 028-2009-TR que optaron por dicho benefi cio y acreditaron su tiempo de servicios de acuerdo a Ley, cuyos nombres fi guran en el anexo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Autorizar a la Ofi cina Financiera el pago de la Compensación Económica prevista por el artículo 3° de la Ley N° 27803, a los ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente inscritos con la publicación de la Resolución Suprema Nº 028-2009-TR, cuyos nombres fi guran en el anexo 2 de la presente resolución ministerial, que optaron por dicho benefi cio y siempre y cuando dichos ex trabajadores hayan efectuado la subsanación respectiva de acreditación del tiempo de servicios de acuerdo a Ley, y ésta haya sido remitida por el Coordinador de Ceses Colectivos para el cobro respectivo. Artículo 3°.- Disponer que la presente resolución ministerial y sus anexos se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, adicionalmente, se difundan a través de las diferentes Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo del territorio nacional. Artículo 4°.- En el caso de los benefi ciarios fallecidos, el pago se efectuará al cónyuge supérstite y los herederos por los montos que correspondan de acuerdo a Ley, conforme a la documentación remitida al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 5º.- Autorizar a la Dirección General de Administración, a efectuar las acciones administrativas pertinentes para efectuar el pago señalado en la presente norma, considerando que el pago efectuado al ex trabajador concluye la ejecución del benefi cio optado, de acuerdo a la Ley Nº 27803, normas modifi catorias, complementarias y reglamentarias. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 434985-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 830-2009-MTC/02 Lima, 3 de diciembre de 2009. VISTO: El Informe Nº 771-2009-MTC/12.07 del 17 de noviembre de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 252-2009-MTC/12.07 del 16 de noviembre de 2009 emitido por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa LAN PERU S.A. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de diciembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 12 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, LAN PERÚ SA. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere en el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de la respectiva Orden de Inspección, y referida en los Informes Nºs. 771- 2009-MTC/12.07 y 252-2009-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Luis Guillermo Sipán Hernández, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 16 al 20 de diciembre de 2009, a la ciudad de Cancún, México, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 771- 2009-MTC/12.07 y Nº 252-2009-MTC/12.07. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa LAN PERÚ S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte