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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 408013 ACTO Fecha máxima de presentación Primera Renovación de la Carta Fianza 19 de setiembre del 2011 En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovación de la Carta Fianza antes de su vencimiento, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 5.8, de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 435710-1 Autorizan a ECOPAC-PERU para funcionar como Escuela de Conductores Integrales y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3424-2009-MTC/15 Lima, 4 de noviembre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 2009-014442 de fecha 24 de julio último, presentado por la empresa “ASOCIACION EDUCATIVA Y CULTURAL ESCUELA DE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES- ECOPAC - PERU” solicitando autorización como Escuela de Conductores Integrales, para impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III, actividades que propone realizar en sus sedes ubicadas en la ciudad de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 11441-2009-MTC/15.03 de fecha 01 de los corrientes, se comunicó a la empresa “ASOCIACION EDUCATIVA Y CULTURAL ESCUELA DE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES- ECOPAC - PERU” las observaciones formuladas a su solicitud sobre autorización como Escuela de Conductores Integrales, otorgándosele un plazo de diez días hábiles a fi n que las subsane; y según Expediente Nº 2009-022726 de fecha 13 del mes en curso, la recurrente subsana adecuadamente las observaciones realizadas a su expediente, adjuntando diversa documentación sustentatoria; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, en adelante el Reglamento, establece, en su artículo 51º los requisitos para solicitar una autorización como Escuela de Conductores; Que, con el Informe Nº 1144-2009-MTC/15.03 de fecha 27 de octubre del año en curso, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la empresa “ASOCIACION EDUCATIVA Y CULTURAL ESCUELA DE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES- ECOPAC – PERU” ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que se procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa ASOCIACION EDUCATIVA Y CULTURAL ESCUELA DE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES- ECOPAC – PERU para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : “ASOCIACION EDUCATIVA Y CULTURAL ESCUELA DE CONDUCTORES PERU SIN ACCIDENTES- ECOPAC – PERU” Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS: Jr. Arequipa Nº 950-D, 1º piso, Puno. AULAS DE ENSEÑANZA TEORICA: Av. La Costanera Nº 388, 1º piso, Puno. AULAS DE ENSEÑANZA TEORICO- PRACTICO DE MECANICA (TALLER): Av. La Torre Nº 648, 1º piso – Puno. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR Nº Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 Toyota Sprinter XL-Extra Stat. Wagon (M1) EE1030110860 5E2140486 2001 SU-4248 2 Jinbei Haise Cmta. Rural (M2) LSYHDAAD17K046756 YC4F9021F3400700641 2007 RUB-798 3 Volkswagen BUG 1600 Omnibus (M3) 9BWVTAV68RDB78057 002766 1995 UU-1788 4 Hino Ranger Camión (N2) FD2HLA13814 FE6007124C 1990 XQ-6336 5 Volvo F12-6X2 Remolcador (N3) YV2H2CEC7NA366837 TD122FL197189125 1992 YU-4877 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Domingo de 8:00 am. a 10:00 pm. PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir.