Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2009 (22/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 22 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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de Investigacion y Extension Agraria ­ INIEA, actualmente, Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA; Que, el cargo de Director de Estacion Experimental, se encuentra considerado como "cargo de confianza" a que se refiere el articulo 43° del Decreto Supremo N°003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal del INIA, por mandato del Decreto Legislativo Nº 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; Que, la Jefatura del INIA considera conveniente aceptar la renuncia presentada por el funcionario mencionado y designar al funcionario que asumira la Direccion de la Estacion Experimental Agraria "Santa Ana" - Huancayo, siendo necesario emitir la Resolucion pertinente; De conformidad con las facultades conferidas por el articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo N°0312005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia, a partir de la fecha, del Ing. MORDAZA MORDAZA Bilbao como Director de la Estacion Experimental Agraria "Santa Ana" - Huancayo, dandole las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion. Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Agron. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Estacion Experimental Agraria "Santa Ana" - Huancayo del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, cargo considerado como de confianza, regulado por los articulos 43° y 44° del Decreto Supremo N°003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PIANA Jefe Instituto Nacional de Innovacion Agraria
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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29426 que crea el Regimen Especial de Jubilacion Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones
DECRETO SUPREMO Nº 303-2009-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29426 se aprobo la Ley que crea el regimen especial de jubilacion anticipada de naturaleza temporal en el Sistema Privado de Pensiones destinado a aquellos afiliados que cumplan con las condiciones de edad, de desempleo y calculo de pension referencial; Que, asimismo, la mencionada MORDAZA establece la devolucion del cincuenta por ciento (50%) de los aportes que tenga el afiliado en su cuenta individual de capitalizacion, siempre y cuando no puedan acceder al regimen especial de jubilacion anticipada en caso que la pension calculada no resulte igual o mayor a la Remuneracion Minima Vital; Que, en tal sentido resulta necesario aprobar el reglamento de la Ley N° 29426; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 29426; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del Reglamento de la Ley Nº 29426 Apruebase el Reglamento de la Ley Nº 29426, Ley que crea el Regimen Especial de Jubilacion Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones, el cual consta de cinco (5) articulos, y que, como anexo, forma parte integrante del presente decreto supremo. Articulo 2°.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas Reglamento de la Ley Nº 29426, Ley que crea el Regimen Especial de Jubilacion Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) Articulo 1°.- Acceso al Regimen de Jubilacion Anticipada Podran acceder al beneficio de la jubilacion anticipada que establece el articulo 1° de la Ley Nº 29426 (REJA 29426) los afiliados que cumplan con las condiciones o se encuentren en las situaciones siguientes: a) La edad de cincuenta y cinco (55) anos para varones y cincuenta (50) anos para mujeres debera ser cumplida con anterioridad a la MORDAZA de la solicitud de pension de jubilacion anticipada (REJA 29426) ante la Administradora Privada de Fondo de Pensiones (AFP); b) Los afiliados acreditaran su condicion de desempleado con la MORDAZA de documentos de

DEFENSA
FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 533-2009-DE/SG

Mediante Oficio Nº 873-2009-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 533-2009-DE/SG, publicada en la edicion del 18 de diciembre de 2009. DICE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica (...)
Agregado de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa Mayor General FAP MORDAZA Lavarello Winder MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

DEBE DECIR: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica (...)
Agregado de Defensa y Aereo a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa, concurrente en la Republica de Belarus Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa, concurrente en la Republica de Belarus Mayor General FAP MORDAZA Lavarello Winder MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

438202-1

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