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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de diciembre de 2009 408405 21. SULCA GUZMAN, DIONICIO, conmutarle de 10 años a 06 años 10 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 11 de marzo de 2010. 22. COAQUIRA MAMANI, CESAR OVIDIO, conmutarle de 12 años a 04 años 08 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 12 de diciembre de 2010. 23. COAQUIRA MAMANI, UBALDO, conmutarle de 08 años a 04 años 08 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 27 de marzo de 2010. 24. BARRIOS FRANCO, DAVID PABLO, conmutarle de 10 años a 08 años 05 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 13 de enero de 2010. 25. ARAUJO VEGA, HERNAN, conmutarle de 15 años a 07 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 28 de febrero de 2010. 26. CACERES SOLIER, EDILBERTO, conmutarle de 12 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 06 de abril de 2010. 27. PONCE ESPIRITU, BLUE MANUEL, conmutarle de 15 años a 07 años 03 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 12 de febrero de 2010. 28. HANCCO HUAHUALUQUE, FELIX o FELIX HANCCO, LUQUE o HANCCO HAUHUALUQUE, FELIX, conmutarle de 15 años a 07 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 11 de marzo de 2010. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LAMPA 29. MAMANI QUISPE, MARUJA, conmutarle de 06 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 30 de enero de 2011. 30. PILCO SANTOS, ESPERANZA, conmutarle de 15 años a 04 años 04 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de febrero de 2010. 31. ARPITA PILCO, DAMIANA o VILCA PILCO, DAMIANA, conmutarle de 10 años a 07 años 07 meses 02 días de pena privativa de libertad; la que vencerá el 23 de diciembre de 2009. 32. QUISPE RAMIREZ, LIDIA SONIA, conmutarle de 08 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de octubre de 2010. 33. MONTOYA CALLATA, REGINA YANETH o MONTOSYA CCALLATA, REGINA YANETEH, conmutarle de 10 años a 04 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 20 de septiembre de 2010. 34. PARIAPAZA QUISPE, LUZ ANGELICA o PARIAPAZA QUISPE DE SARAVIA, LUZ ANGELICA, conmutarle de 08 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 15 de julio de 2012. 35. ESPINOZA ANAHUA, JULIANA, conmutarle de 08 años a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 21 de noviembre de 2010. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 438201-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 301-2009-JUS Lima, 21 de diciembre de 2009 Vistas las solicitudes presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 24° de la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo N° 004- 2007-JUS norma de creación de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena, la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena y los incisos 8) y 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a los internos sentenciados de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DEL CUZCO 1. RODRIGUEZ SUCAPUCA, SAMUEL, conmutarle de 08 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 26 de julio de 2010. 2. RAMIREZ CURO, LISCIDA, conmutarle de 07 años a 03 años 04 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 24 de junio de 2010. 3. QUISPE CONDE, LUCHO, conmutarle de 10 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 20 de febrero de 2012. 4. FERNANDEZ DAVILA PEDROZA, JOEL SEVERO, conmutarle de 05 años a 02 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de julio de 2010. 5. MORMONTOY LUQUE, JUAN JUVENAL, conmutarle de 04 años a 02 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 19 de abril de 2010. 6. ROJAS LUNA, JUSTO, conmutarle de 12 años a 04 años 03 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 20 de julio de 2010. 7. INCAHUANACO CAYRA, HECTOR DAVID, conmutarle de 12 años a 06 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 27 de febrero de 2010. 8. ARANGO DIAZ, CIRIACO, conmutarle de 16 años a 08 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 13 de marzo de 2010. 9. BELLIDO VENTURA, MAXIMO MARCOS o BELLIDO VENTURA ROMERO, MAXIMO MARCOS, conmutarle de 04 años a 01 año 07 meses 10 días de pena privativa de libertad; la que vencerá el 27 de diciembre de 2009. 10. APAZA QUISPE, VICTOR, conmutarle de 12 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 11 de mayo de 2010. 11. MERINO ROJAS, FRANCISCO, conmutarle de 15 años a 06 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 09 de marzo de 2010. 12. CASILLA GUTIERREZ, VICTOR, conmutarle de 08 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 07 de enero de 2011. 13. GUIZADO ALDUNATE, SERGIO MARTIN, conmutarle de 08 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 10 de mayo de 2010. 14. MANCILLA CARDENAS, CESAR, conmutarle de 07 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 22 de diciembre de 2010. 15. VARGAS ORIHUELA, GLADIS, conmutarle de 12 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 02 de mayo de 2010. 16. CUMPA BOCANGEL, RIBELINO o CUMPA BOCANGEL, RIVELINO, conmutarle de 12 años a 06