Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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de la cadena en su conjunto, proponiendo la celebracion de los compromisos de competitividad a que se refiere el articulo 9º de la Ley Nº 28846. Articulo 2º.- El Consejo Nacional de la Cadena Algodon, Textil y Confecciones estara conformado por: a) Dos representantes del Ministerio de Agricultura. b) Dos representantes del Ministerio de la Produccion. c) Dos representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Dos representantes del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA. e) Dos representantes del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA. f) Un representante del Instituto Peruano del Algodon (IPA). g) Un representante de los Comerciantes, Compradores y Corredores; de los Departamentos productores de Algodon, designados por la Camara Nacional de Comercio, Produccion y Servicios. h) Un representante de la Fundacion para el Desarrollo Algodonero (FUNDEAL). i) Tres representantes de Organizaciones de Productores Algodoneros debidamente constituidas, de la Costa Central, Costa Norte y Selva. j) Un representante de la Asociacion de Exportadores ADEX. k) Un representante de la Sociedad Nacional de Industrias ­ SNI. l) Un representante de los productores y comercializadores de semilla de algodon. Articulo 3º.- La designacion de los representantes del Sector Publico se MORDAZA mediante Resolucion Ministerial del Sector respectivo. En el caso de los representantes de los gremios, se oficializara mediante Resolucion del Ministerio de Agricultura a propuesta de estos. Articulo 4º.- La Presidencia del Consejo Nacional de la Cadena Productiva Algodon, Textil y Confecciones, sera asumida por el representante del Ministerio de Agricultura. Articulo 5º.- Se estableceran 02 Consejos Macroregionales, uno en la Costa Norte que involucre a los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA y MORDAZA y otro en la Costa Central en el que participen los Departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ucayali, Ica y Arequipa. La estructura de estos Consejos sera determinada por el Consejo Nacional. Articulo 6º.- El Consejo Nacional de la Cadena Productiva Algodon, Textil y Confecciones, contara con una Secretaria Tecnica, establecida por el Consejo, oficializada mediante Resolucion del Ministerio de Agricultura. Articulo 7º.- El domicilio del Consejo Nacional del Algodon sera en la MORDAZA de Lima. Articulo 8º.- Son funciones del Consejo Nacional de la Cadena Productiva Algodon, Textil y Confecciones: a) Proponer lineamientos de politicas para generar condiciones de rentabilidad y competitividad entre los actores, promoviendo el fortalecimiento y desarrollo de la cadena. b) Proponer la celebracion de los compromisos de competitividad de la Cadena Productiva que resulten necesarios. c) Promover la transparencia en la formacion de precios en el comercio del algodon peruano, en el MORDAZA exclusivo de la oferta y la demanda. d) Concordar los principios y clausulas generales de contratacion relativos a mantener la calidad del producto y formalidad del comercio. e) Velar por el respeto y cumplimiento de los terminos y condiciones contratados de acuerdo a los usos y costumbres del comercio algodonero, conciliando las discrepancias que surjan en relacion con el comercio del algodon desmotado y en rama. f) Contribuir al desarrollo de la produccion y productividad mediante el apoyo de programas de mejoramiento e investigacion y la adopcion de las medidas necesarias para evitar la eventual contaminacion de la fibra de algodon. g) Promover el desarrollo del comercio algodonero mediante el uso de sistemas eficientes de informacion comercial y estadistica, y el desarrollo de nuevos mercados para el algodon peruano. h) Promover patrones de clasificacion para el algodon desmotado y en rama.

i) Registrar los contratos que se celebren a solicitud de cualquiera de las partes intervinientes, dentro de los ocho (08) dias utiles despues de su celebracion, y j) Proponer medidas o mecanismos de regulacion y registrar las importaciones de algodones para la Industria Textil Nacional. Articulo 9º.- Dentro de los treinta dias de constituido, el Consejo aprobara su Reglamento de Funcionamiento y Plan Operativo Anual. Articulo 10º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Agricultura, de la Produccion y de Comercio Exterior y Turismo. DISPOSICION FINAL.- Una vez en vigencia el presente dispositivo legal, queda sin efecto la Resolucion Suprema Nº 012-2002-AG, asi como cualquier otra MORDAZA que se oponga al mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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Aceptan renuncia de Subdirector de Capacitacion y Asistencia Tecnica de la Direccion de Servicios Rurales de AGRO RURAL
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 115-2009-AG-AGRO RURAL-DE
MORDAZA, 30 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 997 - que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, crea el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, como Unidad Ejecutora adscrita al Viceministerio de Agricultura, con el objetivo de promover el desarrollo agrario rural; Que, el Articulo 2.5.2.3 del Manual Operativo del Programa Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1120-2008-AG, conforma dentro de su estructura organica a la Sub Direccion de Capacitacion y Asistencia Tecnica, la cual depende jerarquicamente de la Direccion de Servicios Rurales; Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 0442009-AG-AGRO RURAL-DE, del 4 de junio de 2009, se designo al Lic. MORDAZA MORDAZA Ferreccio MORDAZA, como Sub Director del area tecnica senalada en el considerando precedente; Que, con fecha 22 de diciembre de 2009, el citado profesional ha formulado su renuncia al cargo, en consecuencia resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y en uso de las facultades otorgadas a traves del Manual Operativo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por el Lic. MORDAZA MORDAZA Ferreccio MORDAZA, al cargo de Sub Director de Capacitacion y Asistencia Tecnica de la Direccion de Servicios Rurales, del Programa de Desarrollo

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