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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (31/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de diciembre de 2009 410084 y el Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 185 000 000,00 (CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto Mejoramiento y Ampliación de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao. La citada operación de endeudamiento interno será cancelada en siete (07) años, que incluyen dos (02) años de gracia, amortizándose mediante once (11) cuotas semestrales, consecutivas e iguales, a partir del primer desembolso del préstamo, devengando una tasa de interés del 4,8% efectiva anual. Artículo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del Proyecto Mejoramiento y Ampliación de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao será el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Autoridad Portuaria Nacional – APN. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorícese a la Ministra de Economía y Finanzas, o a quien ella designe, a suscribir el contrato que formalice la operación de endeudamiento interno que se aprueba en el artículo 1º de esta norma legal; así como al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operación. Artículo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento interno que se aprueba mediante el artículo 1º de la presente norma legal, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con los recursos que para tal efecto proporcione la Autoridad Portuaria Nacional -APN. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 441270-5 Aprueban operación de endeudamiento externo con KfW DECRETO SUPREMO Nº 317-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009 y su modifi catoria, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por US$ 1 767 370 000,00 (UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt für Wiederaufbau- KfW–, hasta por US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Optimización de Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado: Sectorización, Rehabilitación de Redes y Actualización de Catastro – Área de Infl uencia Planta Huachipa – Área de Drenaje Comas-Chillón-Lima”; Que, tal operación se efectuará con cargo al Sub- Programa “Sectores Económicos y Sociales” referido en el literal a) del numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 29290 y su modifi catoria; Que, la indicada operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 29290 y su modifi catoria, y en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modifi catorias; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente operación de endeudamiento externo, se cuenta con la opinión favorable del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento externo, en aplicación del literal l) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563 y sus modifi catorias, y por la Ley Nº 29290 y su modifi catoria; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación y condiciones de la operación de endeudamiento externo Apruébese la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau – KfW, hasta por US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Optimización de Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado: Sectorización, Rehabilitación de Redes y Actualización de Catastro – Área de Infl uencia Planta Huachipa – Área de Drenaje Comas-Chillón-Lima”. La cancelación de dicha operación de endeudamiento externo se efectuará en veinticinco (25) cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, a partir de la suscripción del contrato de préstamo, venciendo la primera cuota el 30 de junio de 2013. La operación de endeudamiento externo devengará una tasa de interés fi ja anual a ser determinada por el KfW en la fecha de la fi rma del contrato de préstamo, en base a los tipos de interés vigentes en los mercados de capital de Europa para los préstamos de largo plazo, más un margen a ser determinado por el KfW de acuerdo con su política sobre tasa de interés. El referido endeudamiento externo estará sujeto a una comisión de compromiso respecto de los saldos no desembolsados del préstamo de 0,25% anual, así como una comisión de administración de 1% sobre el monto total del préstamo. Artículo 2º.- Unidad Ejecutora La ejecución del proyecto “Optimización de Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado: Sectorización, Rehabilitación de Redes y Actualización de Catastro – Área de Infl uencia Planta Huachipa – Área de Drenaje Comas-Chillón-Lima”, estará a cargo de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima- SEDAPAL. Artículo 3º.- Convenio de Traspaso de Recursos El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, trasladará a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, los recursos que resulten de la operación que se aprueba por la presente norma legal, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial. Dicho Convenio establecerá las condiciones para la devolución de los recursos derivados de la operación de endeudamiento externo al Ministerio de Economía y Finanzas por parte de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL. Artículo 4º.- Suscripción de documentos Autorícese a la Ministra de Economía y Finanzas, o a quien ella designe, a suscribir en representación de la