Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
EN MORDAZA Y CALLAO FUERA DE MORDAZA Y CALLAO Minimo US $ 30 000,00 MORDAZA US $ 800 000,00

410093

ALMACEN ADUANERO

Minimo US $

MORDAZA US $

Deposito temporal exclusivo para 100 000,00 800 000,00 envios de entrega rapida Deposito temporal postal 100 000,00 800 000,00 Deposito temporal terrestre 100 000,00 800 000,00 Deposito temporal fluvial -.-.Deposito temporal lacustre -.-.Deposito aduanero publico 200 000,00 1 200 000,00 Deposito aduanero privado 100 000,00 1 000 000,00

30 000,00 800 000,00 100 000,00 800 000,00 30 000,00 800 000,00 30 000,00 800 000,00 100 000,00 1 200 000,00 80 000,00 1 000 000,00

b).- Montos de las garantias exigibles: Monto fijo

ALMACEN ADUANERO

Fijo US $

Deposito temporal para mercancias destinadas 30 000,00 exclusivamente al regimen de exportacion definitiva.
Articulo 2°.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas

Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, dispone que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de noviembre de 2009, asi como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de noviembre de 2009, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de noviembre de 2009 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1° sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe/ DGAES/DistribucionRecursos/RegaliaMinera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas

441270-9

Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de noviembre de 2009
RESOLUCION MINISTERIAL N° 596-2009-EF/15
MORDAZA, 30 de diciembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley N° 28323, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el articulo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, los articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 083-2009-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 481-2009-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 099-2009-SE/DGPU/ANR, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera;

441025-1

Aprueban convenio de prestacion de servicios referido al servicio de calificacion de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio y la empresa Fitch Ratings Limited
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 597-2009-EF/75
MORDAZA, 30 de diciembre de 2009 Vistos: el Memorandum Nº 33-2009-EF/75.21 de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, asi como los Informes Nºs. 195-2009-EF/43.50 y 2823-2009EF/60.01 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, acerca de la contratacion de la empresa Fitch Ratings Limited como proveedor unico para que brinde el servicio de calificacion de riesgo soberano. CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del articulo 46º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, establece que el Ministerio de Economia y Finanzas esta autorizado para contratar los servicios de asesoria legal y financiera especializados, vinculados directa o indirectamente

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