Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2009 (27/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 27 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar al alumno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, Escuela Profesional de Ingenieria Electrica de esta MORDAZA superior de estudios, con sancion administrativa disciplinaria de "SUSPENSION POR UN SEMESTRE ACADEMICO", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Sancionar a los alumnos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, Escuela Profesional de Ingenieria Electrica de esta MORDAZA superior de estudios, con sancion administrativa disciplinaria de "AMONESTACION" por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion al Senor Rector, Consejo Universitario y las Dependencias Academicas y Administrativas de la Universidad, para conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Tribunal de Honor 2008 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario Tribunal de Honor 2008 305492-3

libros se realicen a dicha Institucion; segun lo senalado en el MORDAZA considerando del Convenio entre la UNHEVAL y la Fundacion LIBUN, se advierte que el objetivo fundamental de la Fundacion no es el lucro sino la de proporcionar un servicio academico a la Universidad y de conformidad al Art. 44º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuario y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente; se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; y atendiendo a que debido a la finalidad que tiene la adquisicion de los bonos libros y la Universidad solamente tiene Convenio con al Fundacion LIBUN resulta procedente la Exoneracion por Causal de Proveedor Unico; Que el Rector remite el caso a Secretaria General, con el Proveido N° 0101-2009-UNHEVAL-R, para que se emita la resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Rector, por el Estatuto y la Ley Universitaria; SE RESUELVE: 1. DECLARAR PROCEDENTE la exoneracion del MORDAZA de menor cuantia para la adquisicion de vales de MORDAZA Libro Docente, por un monto de S/. 18,350.00 nuevos soles, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 2. DISPONER que el Vicerrectorado Administrativo y demas organos competentes, adopten las acciones complementarias. 3. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes y a los interesados. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 305206-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de vales de MORDAZA Libro Docente para la adquisicion de libros para el personal docente y jefes de practica de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA VALDIZAN SECRETARIA GENERAL RESOLUCION Nº 022-2009-UNHEVAL-R Cayhuayna, 12 de enero de 2009 Vistos los documentos que se acompanan en veinte (20) folios; CONSIDERANDO: Que el Jefe de la Oficina de Logistica, con el Oficio Nº 641-2008-J-OL-UNHEVAL, del 15.DIC.2008, solicita la exoneracion del MORDAZA de menor cuantia para la adquisicion de vales por MORDAZA Docente, por un monto de S/. 18,350.00 nuevos soles, basandose en que la UNHEVAL, solamente asumira el costo de S/. 50,000 nuevos soles, para la adquisicion de libros para el personal docente y jefes de practicas nombrados, hasta el monto total MORDAZA senalado, y que el costo adicional del libro sera asumido por los docentes y jefes de practicas y seran descontados mediante planillas, hecho que permite cumplir solamente con la Fundacion del Libro Universitario LIBUN, en virtud al convenio suscrito; Que la Asesora Legal, con el Informe Nº 8712008-UNHEVAL-AL, del 23.DIC.2008, manifiesta que revisado las clausulas del convenio firmado con la Fundacion del Libro Universitario ­ LIBUN se aprecia que efectivamente la adquisicion de libros a la Fundacion del Libro Universitario, traeria beneficios de naturaleza economica y que dicho ente se encuentra en la obligacion de ofrecer los libros con precios especiales que beneficiaria a los docentes y jefes de practicas y que el saldo de las mismas podran ser descontadas por planillas, resulta una causal para que la adquisicion de

Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 039-2009-R Callao, 22 de enero de 2009 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 025-2009-OASA (Expediente Nº 132925) recibido el 15 de enero de 2009 por el cual el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2009. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Art. 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que es aprobado por el titular

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