Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2009 (27/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 27 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28401 se establece que los programas ejecutados en aplicacion del tercer parrafo del articulo 33º del Decreto Supremo Nº 070-92-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 033-93-PCM, con rango de Ley segun la Ley Nº 26438, incluyen programas de caracter social destinados a la ejecucion de proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia del proyecto promovido; Que, a tal efecto el articulo 1 de la Ley Nº 28401 dispone que los programas de caracter social MORDAZA citados se ejecutan a traves de un fideicomiso, en el cual el Estado participa como fideicomitente representado por la empresa incluida en el MORDAZA de promocion de la inversion privada y otra entidad designada por resolucion ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 490-2004EF.10 se designo a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION como representante del Estado en calidad de Fideicomitente en los Fideicomisos que se constituyan para la ejecucion de los programas de caracter social que se realicen en el MORDAZA de la Ley Nº 28401; Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2005-EF, se reglamento la Ley Nº 28401 estableciendose que PROINVERSION y la empresa incluida en el MORDAZA de promocion de la inversion privada se encuentran facultados para transferir directamente los bienes y activos obtenidos como consecuencia de la ejecucion de los proyectos de caracter social a las entidades del Estado que se determinen mediante Resolucion Ministerial del sector al cual se encuentra vinculado el proyecto, a traves de los cuales se beneficiara a los pobladores de la MORDAZA de influencia de los proyectos promovidos; Que, en aplicacion de los dispositivos legales MORDAZA citados con fecha 1º de junio de 2005, se constituyo el Fideicomiso Social Proyecto Bayovar con los recursos derivados del MORDAZA de promocion de la inversion privada del Proyecto Bayovar, teniendo por objeto la ejecucion de proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la MORDAZA de influencia del proyecto, conformada por la provincia de Sechura, departamento de Piura. Que, mediante Decreto Supremo Nº 190-2007-EF publicado el 8 de diciembre de 2007, se definen los Proyectos de Desarrollo Sostenible a que se refiere la Ley Nº 28401, como aquellos que tengan por objeto las satisfaccion de las necesidades basicas y mejora de la calidad de MORDAZA de la poblacion, el desarrollo de sectores productivos que genere recursos y oportunidades de empleo, la identificacion de actividades que permitan el desarrollo economico, tecnologico y bienestar social, incluyendo programas de capacitacion, en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia de los proyectos promovidos. Que, el Consejo Ejecutivo del Fideicomiso Social Proyecto Bayovar ha aprobado la ejecucion del Proyecto "Mejoramiento de los Servicios Educativos para los Programas No Escolarizados de Educacion Inicial (PRONOEI) de la Unidad de Gestion Educativa Local Sechura, Provincia de Sechura - Piura", con cargo a los recursos del Fideicomiso; que contempla entre otros componentes la adquisicion de materiales educativos, siendo necesario determinar la entidad del Estado a la cual se transferiran los bienes y activos que se obtengan como consecuencia de la ejecucion de dicho proyecto; De conformidad con lo establecido en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2005-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transferencia de bienes y activos La Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, en representacion del Fideicomitente en el Fideicomiso Social Proyecto Bayovar, transferira directamente al Gobierno Regional De MORDAZA - Direccion Regional de Educacion, los bienes y activos que seran adquiridos con cargo al referido Fideicomiso Social que resulten de la ejecucion del Proyecto "Mejoramiento

de los Servicios Educativos para los Programas No Escolarizados de Educacion Inicial (PRONOEI) de la Unidad de Gestion Educativa Local Sechura, Provincia de Sechura - Piura". Articulo 2º .- Del Registro Contable De conformidad a lo establecido en el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 184-2005-EF, el Gobierno Regional MORDAZA - Direccion Regional de Educacion, reconoce que el valor de los bienes y activos sera el que corresponda a la liquidacion aprobada por PROINVERSION, segun el valor de los mismos en el registro contable de esta, el cual incluira todos los costos y gastos atribuibles al Proyecto. Asimismo, de acuerdo a lo indicado en el mismo Decreto Supremo, la referida transferencia de bienes se efectuara a titulo gratuito. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 305653-1

Autorizan transferencias financieras a favor de la Municipalidad Distrital de Jazan
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0019-2009-ED MORDAZA, 26 de enero de 2009 Visto, el Memorando Nº 0091-2009-ME/VMGI-OINFE de la Oficina de Infraestructura Educativa; y, CONSIDERANDO: Que, el literal i) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es funcion del Ministerio de Educacion, liderar la gestion para conseguir el incremento de la inversion educativa y consolidar el presupuesto nacional de educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece mecanismos para autorizar transferencias financieras para proyectos de inversion publica, del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas Publicas y Entidades Publicas mediante resolucion del Titular del Pliego, para lo cual se deben suscribir, previamente, convenios con las citadas instancias de gobierno, los mismos que establecen, principalmente, el objeto del convenio, las obras a desarrollarse, la disponibilidad de recursos y el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica; Que, asimismo dicha disposicion indica que el Pliego del Gobierno Nacional verifica el cumplimiento y monitorea las acciones contenidas en el mencionado convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica. Los proyectos de inversion deben contar con la viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP). Las transferencias de recursos se sujetan al cronograma de ejecucion de inversion publica; Que, cuando el proyecto de inversion es ejecutado via ejecucion presupuestaria indirecta, la Resolucion autoritativa debe establecer un cronograma de desembolsos, cuya efectivizacion es unicamente sustentada por el contrato de la ejecucion del proyecto, y/o la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. En este caso el convenio constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que el gobierno regional y/o el gobierno local, efectuen la convocatoria al MORDAZA de seleccion para le ejecucion del respectivo

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