Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2009 (27/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de enero de 2009

Establecimientos de Hospedaje", a nivel nacional, que sera ejecutada por la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y las Direcciones Regionales de Comercio Exterior, Turismo y Artesania. Articulo 2º.- La citada Encuesta en MORDAZA Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao, esta dirigida de forma exhaustiva, a todos los establecimientos de hospedaje Clasificados y Categorizados -por autoridad competente de Turismocomo cinco (5), cuatro (4), tres (3) estrellas y Albergues; y, a una muestra aleatoria seleccionada de las categorias dos (2) estrellas, una (1) MORDAZA y del estrato de hospedajes No Clasificados, cuya relacion se encuentra en la pagina Web del MINCETUR (http:// www.mincetur.gob.pe). En las otras Regiones del MORDAZA, incluyendo la Region MORDAZA, la Encuesta se dirige a la totalidad de establecimientos de hospedaje. Articulo 3º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, el que forma parte integrante de la presente Resolucion, que sera aplicado en el trabajo de MORDAZA a las personas naturales y juridicas ubicadas en el territorio nacional, durante los meses de enero a diciembre del 2009. Articulo 4º.- Las unidades informantes o establecimientos seleccionados a que se refiere el Articulo 2º de la presente Resolucion, preferentemente accederan al formulario electronico disponible en la pagina Web del MINCETUR (http://www.mincetur.gob.pe) o solicitaran gratuitamente el formato impreso en Lima: en la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio, ubicada en la MORDAZA Uno Oeste Nº 050, sotano 1, Urbanizacion Corpac - San Isidro; y en otras ciudades del MORDAZA, en las Direcciones Regionales, Sub Regionales y Zonales de Comercio Exterior, Turismo y Artesania. Articulo 5°.- Establecer como plazo MORDAZA para la MORDAZA de la informacion solicitada en la Encuesta "Estadistica Mensual de Turismo 2009 para Establecimientos de Hospedaje", hasta el octavo dia habil de concluido cada mes a informar. Articulo 6°.- Las personas naturales y juridicas seleccionadas devolveran, sin costo alguno, a las Oficinas competentes, los formularios debidamente diligenciados. Articulo 7º.- Las empresas que incumplan con la MORDAZA de la Encuesta "Estadistica Mensual de Turismo 2009 para Establecimientos de Hospedaje", en la fecha establecida, seran multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 90º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 305331-1

presentarse algun impedimento, recusacion, inhibicion o discordia, de uno o mas Vocales de determinada Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo. Que resulta necesario modificar la MORDAZA administrativa dictada por este Despacho, para el mejor desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional en los referidos organos jurisdiccionales; teniendo en cuenta la aplicacion del Art. 145 - MORDAZA parrafo - de la Ley Organica del Poder Judicial. Y uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del Art. 90 de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR la Resolucion Administrativa N° 192-2008-P-CSJLI/PJ de fecha 13 de junio del 2008, respecto al Vocal que debe ser llamado para completar el Colegiado, en caso de presentarse impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales en las MORDAZA Contencioso - Administrativas, tal como se detalla a continuacion: MORDAZA Especializadas Administrativo en lo Contencioso -

- La 1 Sala llamara al Vocal de la 2 Sala; - La 2 Sala llamara al Vocal de la 3 Sala; - La 3 Sala llamara al Vocal de la 4 Sala; - La 4 Sala llamara al Vocal de la 5 Sala; - La 5 Sala llamara al Vocal de la 1 Sala; Articulo Segundo.- ESTABLECER, que en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de la Sala Transitoria Especializada en lo Contencioso Administrativo, el Presidente del Colegiado procedera a llamar al Vocal menos antiguo de la Primera Sala en lo Contencioso Administrativo. Articulo Tercero.- En caso que el Vocal a que se refieren los articulos primero y MORDAZA no pudiera intervenir por abstencion, excusa o recusacion debidamente comprobada y aceptada, se procedera a llamar al magistrado de la Sala competente que precede en antiguedad al llamado por ley. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposicion administrativa que contravenga la presente resolucion. Articulo Quinto.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OCMA, Fiscalia Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, MORDAZA de la especialidad citada, ODICMA, Oficina de Administracion Distrital; para los fines pertinentes.. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 305337-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Modifican la Res. Adm. Nº 192-2008-PCSJLI/PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 071-2009-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 26 de enero del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Administrativa N° 1922008-P-CSJLI/PJ, emitida con fecha 13 de enero del ano 2008, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dicto las disposiciones pertinentes en caso de

ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 067-2009-MP-FN MORDAZA, 23 de enero de 2009 VISTOS: El Informe Nº 002-2008-MP-FN/COMISION DE REORGANIZACION, presentado por el Presidente del

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