Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2009 (27/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de enero de 2009

al informe tecnico de la Oficina General de Administracion, el valor referencial para la supervision de esa obra en la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA y MORDAZA y para la supervision de la misma en la Institucion Educativa San MORDAZA MORDAZA, asciende al monto de S/. 22,010.00 (Veintidos mil diez con 00/100 nuevos soles), cada una; Que, el Informe Tecnico de la Oficina General de Administracion incide en que la propuesta de exoneracion formulada por la Oficina de Infraestructura Educativa se enmarca en la declaratoria del estado de emergencia en el departamento de Ica, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 084-2008-PCM, aunado a la situacion de peligro en la salubridad y seguridad del alumnado y personal docente, por no ejecutar la obra en el terreno previsto para los MORDAZA deportivos de las mencionadas instituciones educativas; Que, el precitado informe tecnico concluye necesario tramitar el MORDAZA de exoneracion para la ejecucion de las obras relativas al Mejoramiento y Adecuacion de MORDAZA Deportivo de la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA y MORDAZA y al Mejoramiento y Adecuacion de MORDAZA Deportivo de la Institucion Educativa San MORDAZA MORDAZA, y su respectiva supervision, precisando que, con esa intervencion se agota la necesidad de contratacion con la finalidad de conjurar el peligro de la poblacion estudiantil y en general de las personas que hacen uso de esas infraestructuras educativas; asimismo que las contrataciones cuya exoneracion propone no se encuentran incorporadas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, de conformidad con el articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, "Se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso la Entidad queda exonerada de la tramitacion de expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley. El Reglamento establecera los mecanismos y plazos para la regularizacion del procedimiento correspondiente."; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2004-PCM, precisa que "La situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico ­legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva"; Que, mediante los documentos del Vistos, la Oficina General de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente, senalan que la situacion producida se enmarca en las disposiciones del articulo 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y articulo 142º de su Reglamento; Que, en la Hoja de Coordinacion Interna Nº 032-2009ME/SPE-UP de fecha 15 de enero de 2009, la Unidad de Presupuesto otorga la disponibilidad presupuestal, para el mejoramiento y adecuacion de los MORDAZA deportivos de las dos instituciones educativas precitadas y su supervision, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, el articulo 20º literal a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que todas las exoneraciones, se aprobaran mediante Resolucion del

Titular del Pliego de la Entidad y que la facultad de aprobar exoneraciones es indelegable; De conformidad con lo expuesto en los informes tecnico y legal del visto, y en uso de las facultades otorgadas en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, modificado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-ED, y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educacion correspondiente al ano 2009, y aprobar la exoneracion por la causal de situacion de emergencia, del MORDAZA de seleccion para la contratacion de las obras correspondientes al mejoramiento y adecuacion del MORDAZA deportivo de la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, ubicada en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, hasta por el monto de S/. 2'196,893.11 (Dos millones ciento noventa y seis mil ochocientos noventa y tres con 11/100 nuevos soles); al mejoramiento y adecuacion del MORDAZA deportivo de la Institucion Educativa San MORDAZA MORDAZA, en el distrito, provincia y departamento de Ica, hasta por el monto de S/. 2'111,006.37 (Dos millones ciento once mil seis con 37/100 nuevos soles), de la supervision de la obra en la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, hasta por el monto de S/. 22,010.00 (Veintidos mil con 10/100 nuevos soles) y de la supervision de la obra en la Institucion Educativa San MORDAZA MORDAZA, hasta por el monto de S/. 22,010.00 (Veintidos mil con 10/100 nuevos soles). Articulo 2º.- Las contrataciones que se exoneran mediante la presente Resolucion, seran financiadas con cargo al presupuesto del ano 2009, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, de la U.E. 108 ­Programa Nacional de Infraestructura Educativa, del Pliego 010-Ministerio de Educacion. Articulo 3º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina General de Administracion realice las contrataciones necesarias, a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que se publique la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­SEACE y que se remita, junto con los informes tecnico y legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 305652-1

Establecen disposiciones para la transferencia de bienes y activos que se adquieran con cargo al Fideicomiso Social Proyecto Bayovar al Gobierno Regional de MORDAZA - Direccion Regional de Educacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0017-2009-ED MORDAZA, 26 de enero de 2009

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