Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2009 (27/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de enero de 2009

proyecto de inversion publica, conforme a las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0602009-EF/76.01, "Lineamientos para la Aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 ­ Ley Nº 29289", se modifico la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, incluyendo el Apendice "Lineamientos para la Aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 ­ Ley Nº 29289", en cuyo articulo 2º "Aplicacion de la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289 para proyectos ejecutados en administracion directa", indica que cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia financiera es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional, y no es de aplicacion el requisito de los adelantos y valorizaciones por avance de obras, dada la naturaleza de los proyectos que se realizan a traves de este MORDAZA de ejecucion, por tanto las transferencias financieras se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo; Que, como respuesta a la actual crisis economica financiera internacional, el Poder Ejecutivo ha establecido como objetivo de interes nacional el aseguramiento del crecimiento economico y del empleo, protegiendo a los grupos mas vulnerables de la poblacion, por lo que de conformidad con lo establecido en el articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 342-2008-PCM, que crea la Comision Multisectorial encargada del monitoreo y seguimiento de las medidas MORDAZA crisis, dentro de la coordinacion de la implementacion de las medidas para aminorar el impacto de la crisis, le corresponde al Ministerio de Educacion la ejecucion de programas sociales ampliados; Que, la Unidad de Presupuesto mediante el Informe Nº 022-2009-ME/SPE-UP, considera que es tecnicamente factible autorizar una transferencia financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor del Pliego de la Municipalidad Distrital de Jazan de la provincia de Bongara del departamento de Amazonas, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para financiar los proyectos de inversion publica declarados viables, detallados en el Anexo adjunto a la presente resolucion; y De conformidad con la Ley N° 28411, Ley Nº 29289, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias, la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modificatorias, y Resolucion Directoral Nº 060-2009-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar transferencias financieras del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor del Pliego de la Municipalidad Distrital de Jazan, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para financiar los Proyectos de Inversion Publica, declarados viables, detallados en el citado Anexo. Articulo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se realizara con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108:

Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica, de acuerdo a lo detallado en el Anexo adjunto, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 4º.- Para la efectivizacion de la presente transferencia, es necesario el cumplimiento de lo establecido en el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educacion y el Gobierno Local, en el que se indican los terminos y obligaciones generales de las partes, y otras obligaciones especificas. Articulo 5°.- De conformidad con la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, establezcase el Cronograma de Desembolsos, segun los cuales se ejecutaran los desembolsos de las transferencias financieras autorizadas, luego de cumplidas las obligaciones establecidas. Articulo 6°.- La Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion y la Oficina de Administracion o la que haga sus veces del correspondiente Gobierno Local, realizaran las coordinaciones necesarias para la efectivizacion del desembolso correspondiente de las transferencias financieras autorizadas en la presente Resolucion, las que se ejecutaran a pedido de la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE. Articulo 7°.- El Gobierno Local, bajo responsabilidad, debera informar a la Oficina de Infraestructura Educativa ­ OINFE los avances mensuales, y final de los proyectos de inversion, indicando cualquier impedimento en la elaboracion de los mismos. Articulo 8°.-. La Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion - OINFE se encargara, de acuerdo a sus funciones, de velar por el cumplimiento del Convenio referido en el articulo 4° de la presente Resolucion, asi como la ejecucion y el cumplimiento de los compromisos establecidos en el mismo, para lo cual se encargara del seguimiento y monitoreo de los proyectos autorizados en la presente Resolucion, debiendo informar trimestralmente al Viceministerio de Gestion Institucional y a la Secretaria General del Ministerio de Educacion sobre los avances reportados por los correspondientes Gobiernos Locales, luego de las evaluaciones realizadas por la OINFE. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, y MORDAZA de la misma sera remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a la Oficina de Prensa y Comunicaciones para la publicacion en la pagina web del Ministerio de Educacion. Articulo 10º.- Autorizar al Secretario General para que, en nombre y representacion del Ministerio de Educacion, suscriba el Convenio a que se refiere el articulo 4º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

ANEXO TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A FAVOR DE GOBIERNO LOCAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS PARA PROYECTOS DE INVERSION EN INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA (EN NUEVOS SOLES)
1: Recursos Ordinarios
PROYECCION DE CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS 1º 2º

Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO

PLIEGO QUE RECIBE LA TRANSFERENCIA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAZAN

CODIGO SNIP

PROYECTO AMPLIACION, MEJORAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA MORDAZA MORDAZA GALLO LOCALIDAD DE MORDAZA MORDAZA, DISTRITO DE JAZAN - BONGARA - AMAZONAS

MONTO MORDAZA A TRANSFERIR 2,566,957

1

AMAZONAS

BONGARA

JAZAN

76323

1,540,174,20 1,026,782,80

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