Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2009 (27/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

389330
VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de enero de 2009

El Informe Nº 006-2009-OL/MINSA de fecha 23 de enero de 2009, emitido por la Directora Ejecutiva de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, la Ficha de Autorizacion Nº 0005-2009, de fecha 21 de enero de 2009, emitido por el Director Ejecutivo de Economia de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 049-2009-OGAJ/MINSA, de fecha 26 de enero de 2009, emitido por la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato Complementario del Contrato N° 190-2007-MINSA, de fecha 31 de octubre de 2008, se contrato el servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud, por un importe de S/. 637,999.98 (Seiscientos treinta y siete mil novecientos noventa y nueve con 98/100 Nuevos Soles) con vigencia hasta el 30 de enero de 2009; Que, con Carta Notarial Nº 070-2009-OL/MINSA, el Ministerio de Salud, previo requerimiento comunica a la empresa Security Zak S.A. la resolucion del Contrato Complementario del Contrato N° 190-2007-MINSA correspondiente al servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud; Que, con el Informe N° 006-2009-OL/MINSA, de fecha 23 de enero de 2009, la Oficina de Logistica informo sobre la situacion actual del Contrato Complementario del Contrato Nº 190-2007-MINSA, asi como el detalle de los aspectos tecnicos que determinan la situacion de desabastecimiento inminente del servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud, solicitando la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia debido a que la propuesta economica del postor que ocupo el primer lugar excedia en un 7.8% del valor referencial y debido a la interposicion del recurso de apelacion ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado por el Consorcio PRO VIGILIA SA ­ SERVIGESAC; asimismo, la Oficina General de Asesoria Juridica en el Informe Nº 049-2009-OGAJ/ MINSA del 26 de enero de 2009, manifiesta que se habria configurado la causal de desabastecimiento inminente del servicio de seguridad y vigilancia, por lo que resulta viable la exoneracion. Que, el Director Ejecutivo de la Oficina de Economia de la Oficina General de Administracion, mediante Ficha de Autorizacion Nº 005-2009, ha acreditado que se cuenta con la disponibilidad presupuestal suficiente para efectuar la contratacion directa del servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud y que es objeto de la autorizacion de exoneracion de MORDAZA de seleccion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 016-2009OGA-OL-SA, del 26 de enero de 2009, se modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones con la inclusion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de seguridad vigilancia, objeto de la solicitud de exoneracion; Que, el articulo 21° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situacion de desabastecimiento inminente se produce ante una situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, la resolucion inminente del mencionado contrato es un hecho extraordinario e imprevisible, generando el riesgo que la ausencia de los servicios

de seguridad y vigilancia comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que el Ministerio de Salud tiene a su cargo de manera esencial, por lo que se ha configurado la causal de exoneracion por desabastecimiento inminente, conforme a la dispuesto en el articulo 21° de la citada MORDAZA legal; Que, de conformidad con el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; existiendo una necesidad del servicio actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos de la entidad; Con el visado del Director General de la Oficina General de Administracion, la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud y el Viceministro de Salud; y, De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, asi como el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en desabastecimiento inminente el servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud, por el plazo MORDAZA de cuatro (4) meses o hasta que se suscriba el contrato definitivo, lo que ocurra primero; de conformidad con el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y dependencias del Ministerio de Salud, por un monto de S/. 777,861.32 (Setecientos setenta y siete mil ochocientos sesenta y uno con 32/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de ley, y con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo Tercero.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion se encargue de efectuar la contratacion exonerada que se apruebe mediante la presente Resolucion, a traves de acciones directas e inmediatas reguladas, conforme a lo previsto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles posteriores a su emision, asi como en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y en la pagina web de la Entidad. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina General de Administracion que comunique el contenido de la presente Resolucion, y los informes tecnico y legal que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles posteriores a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 305647-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.