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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de enero de 2009 389342 El Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao, en su sesión de trabajo de la fecha, Visto: los expedientes Nºs 125281 y 125754, el que contiene la apertura del proceso administrativo disciplinario a los estudiantes ALEX VIRGILIO GUTIERREZ LOPEZ, JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA, CRISTHIAN JOEL SIFUENTES SOTO y JUAN CARLOS MERINO HUAMAN, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica y Electrónica, Escuela Profesional de Ingeniería Eléctrica, de esta Casa Superior de Estudios, por supuestas faltas administrativas disciplinarias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Rectoral Nº 979-2008-R, CALLAO 16 de septiembre del 2008, se resuelve instaurar Proceso Administrativo Disciplinario, a los estudiantes ALEX VIRGILIO GUTIERREZ LOPEZ, JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA, CRISTHIAN JOEL SIFUENTES SOTO y JUAN CARLOS MERINO HUAMAN, de la Facultad de Ingeniería Eléctrica y Electrónica, Escuela Profesional de Ingeniería Eléctrica, por las consideraciones expuestas en la acotada Resolución. Que, mediante documento con fecha 17 de marzo del 2008, obrante a folios 35 de los autos, el profesor Ing. LUIS FERNANDO JIMENEZ ORMEÑO, comunica al Director de la Escuela Profesional de Ingeniería Eléctrica, que el día 13 de marzo del 2008, tomó el examen sustitutorio del curso Análisis de Circuitos Eléctricos II, a su cargo, correspondiente al semestre académico 2007-B, para lo cual acostumbra hacer fi rmar en una lista a cada uno de los estudiantes y fi rmar el mismo , de tal modo que la prueba no sea cambiada por otra , con el propósito de evitar que se copien entre ellos e impedir también que se pasen la hoja del examen ya resuelto por las ventanas. Que, el citado docente manifi esta que en la fecha indicada se presentaron a rendir el examen los alumnos ALEX VIRGILIO GUTIERREZ LOPEZ, JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA, quienes al igual que los alumnos CRISTHIAN JOEL SIFUENTES SOTO y un desconocido, al fi nalizar el examen entregaron sus hojas con la solución y fi rma falsifi cada del profesor, cuyas hojas se adjuntan a folios 36 al 43, de dicho expediente. Que, al notar la fi rma falsa en el examen entregado por el alumno desconocido, que había resuelto la prueba fuera del aula y que ingresó justo al fi nal de la hora en el momento que el profesor recogía los exámenes, éste le arranchó la prueba y salió corriendo. Que, Con fecha 07 de abril del 2008 el presidente de la comisión investigadora Dr. MARCELO DAMAS NIÑO informa con respecto a la falsifi cación de fi rmas en los exámenes, en el que se concluye que: i. Los estudiantes ALEX VIRGILIO GUTIERREZ LOPEZ, JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA, CRISTHIAN JOEL SIFUENTES SOTO, reconocen haber cometido la falta al falsifi car la fi rma del profesor en el examen entregado e ingresar el examen desarrollado sin haber estado dentro del aula. ii. Se ha identifi cado fehacientemente al estudiante JUAN CARLOS MERINO HUAMAN como el que falsifi có la fi rma del docente y le arrebató de las manos el examen al profesor LUIS JIMENEZ ORMEÑO, pero que no se había podido establecer contacto con dicho estudiante para tomarle la correspondiente manifestación. Que, con fecha 20 de octubre del 2008, se recepciona en este despacho el proveído Nº 7649- 2008-OSG, que contiene el expediente Nº 130778 con descargos presentados por el estudiante JUAN CARLOS MERINO HUAMAN en relación a la Resolución Nº 979-08-R. En los cuales manifiesta que en la fecha del examen se encontraba con descanso médico debido a una bronconeumonía, según obra en el expediente 130778 a folios (04), de modo que no entiende cómo el Profesor Ing. LUIS FERNANDO JIMENEZ ORMEÑO y el estudiante JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA lo involucren en los hechos materia de investigación. Que, con ofi cio Nº 239-2008-TH/UNAC, la presidenta del Tribunal de Honor, hace entrega del pliego de cargos al estudiante CRISTHIAN JOEL SIFUENTES SOTO, para su absolución. Que, con ofi cio Nº 263-2008-TH/UNAC, se comunica al alumno CRISTHIAN JOEL SIFUENTES SOTO, que el colegiado acordó convocarlo a una audiencia para el día 03-11-2008 a horas 15;30, en la sala de sesiones del Tribunal de Honor. Que, con ofi cio Nº 249-2008-TH/UNAC, la presidenta del Tribunal de Honor, hace entrega del pliego de cargos al estudiante ALEX VIRGILIO GUTIERREZ LOPEZ,, para su absolución. Que, con ofi cio Nº 264-2008-TH/UNAC, se comunica al alumno ALEX VIRGILIO GUTIERREZ LOPEZ, que el colegiado acordó convocarlo a una audiencia para el día 03-11-2008 a horas 15;50, en la sala de sesiones del Tribunal de Honor. Que, con ofi cio Nº 240-2008-TH/UNAC, la presidenta del Tribunal de Honor, hace entrega del pliego de cargos al estudiante JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA, para su absolución. Que, el estudiante JUAN CARLOS MERINO HUAMAN, no se apersonó al Tribunal de honor a efectos de recabar su pliego de cargos para la formulación de sus descargos, ni se le pudo ubicar en el teléfono que fi gura en OAGRA, por lo tanto se le ha considerado como REBELDE, y se resolverá la causa con la documentación que obra en el tribunal de honor, en cumplimiento de los artículos 25º y 27º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad. Que, el estudiante JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA, no ha contestado el Pliego de Cargos, por lo tanto se le ha considerado como REBELDE, y se resolverá la causa con la documentación que obra en el tribunal de honor, en cumplimiento de los artículos 25º y 27º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad. Que, con fecha 10.11.2008, el denunciante Ing. LUIS FERNANDO JIMENEZ ORMEÑO, declara en el Tribunal de Honor que está completamente seguro que el estudiante JUAN CARLOS MERINO HUAMAN, cuya foto aparece en el expediente 125281 a folios (48) fue el que le arranchó la prueba con la fi rma falsifi cada, para lo cual fi rma el acta de asistencia a audiencia ante el Tribunal de Honor documento que consta se encuentra en el expediente indicado. Que, en la audiencia otorgada por el Tribunal de Honor, en lo manifestado por el Profesor denunciante Ing. LUIS FERNANDO JIMENEZ ORMEÑO y en la absolución del pliego de cargos, los estudiantes ALEX VIRGILIO GUTIERREZ LOPEZ y CRISTHIAN JOEL SIFUENTES SOTO, reconocen que han cometido falta grave, que están arrepentidos de corazón y prometen no cometer faltas en el trayecto de su carrera. Que, el Profesor denunciante Ing. LUIS FERNANDO JIMENEZ ORMEÑO, en la audiencia otorgada por el Tribunal de honor, manifestó que el estudiante JESUS OSWALDO BARZOLA MALLMA, había reconocido la falta, pidiendo la disculpa del caso y prometiendo no cometer más faltas en el desarrollo de su carrera profesional. Que, el artículo 3º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad, aprobado por Resolución Nº 159- 2003-CU, establece que se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión voluntaria o no que contravenga o incumpla con las funciones, obligaciones, deberes, prohibiciones y demás normatividad específi ca sobre docentes y estudiantes de la Universidad, asimismo se considera falta disciplinaria el incumplimiento de las actividades académicas y/o administrativas y disposiciones señaladas en las Normas Legales. Ley Universitaria. Que, siendo esto así, y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes aprobado por Resolución del Consejo Universitario Nº159-2003-CU y demás normas pertinentes;