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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de enero de 2009 389537 hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Artículo 5°.- Disponer, que la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina General de Administración remita la información de la presente Resolución Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese, LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 307361-1 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio y el Gobierno Regional Cusco, a través del PER Plan COPESCO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2009-EF/75 Lima, 28 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 201-2004- EF se aprobó la operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, hasta por un monto de US$ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar el proyecto “Reordenamiento y Rehabilitación del Valle del Vilcanota”, cuya Unidad Ejecutora sería el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; Que, de conformidad con el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 156-2008-EF se modifi có el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 201-2004-EF, con la fi nalidad de incluir la participación del Gobierno Regional Cusco en la co-ejecución del indicado Proyecto, a través del PER Plan COPESCO; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 3° del Decreto Supremo N° 156-2008-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, trasladará al Gobierno Regional Cusco, a través del PER Plan COPESCO, la suma de hasta US$ 2 839 512,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas; Que, el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 156- 2008-EF modifi có el Artículo 4° del Decreto Supremo N° 201-2004-EF a fi n de establecer que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la citada operación de Endeudamiento Externo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda pública y con los recursos que proporcionará el Gobierno Regional Cusco, en la porción que le corresponda; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4° de la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, el reembolso a favor del Gobierno Nacional, de las operaciones de endeudamiento, será efectuado a través de la constitución de un fi deicomiso; Que, en virtud al Artículo 21° de la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público”, aprobada por la Resolución Directoral N° 05- 2006-EF/75.01, los Convenios de Traspaso de Recursos se aprueban por resolución ministerial, la cual también aprobará su respectivo mecanismo de garantía; Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente constituir un Fideicomiso, como mecanismo de devolución de los fondos a ser transferidos al Gobierno Regional Cusco, a través del PER Plan COPESCO, para el pago del servicio de deuda de la operación de endeudamiento externo, en la porción que le corresponda, aprobada por el Decreto Supremo N° 201-2004-EF modifi cada por el Decreto Supremo N° 156-2008-EF; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modifi catorias, la Ley Nº 29290, el Decreto Supremo N° 156-2008-EF, y la Resolución Directoral N° 05-2006- EF/75.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, y el Gobierno Regional Cusco, a través del PER Plan COPESCO, mediante el cual se traslada la suma de hasta US$ 2 839 512,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS DOCE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), derivada de la operación de Endeudamiento Externo, aprobada mediante Decreto Supremo N° 201-2004-EF modifi cada por el Decreto Supremo N° 156-2008-EF. Artículo 2º.- Apruébase la constitución de un Fideicomiso a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, el Gobierno Regional Cusco, a través del PER Plan COPESCO, y el Banco de la Nación, en calidad de fi duciario, como mecanismo de devolución para el pago del servicio de deuda de la operación de endeudamiento externo, aprobada por el Decreto Supremo N° 201-2004-EF modifi cada por el Decreto Supremo N° 156-2008-EF. Artículo 3º.- Autorízase al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos y el Contrato de Fideicomiso, así como toda documentación que permita su ejecución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 307361-2 Aprueban enmiendas a Convenios de Traspaso de Recursos aprobados por RR.MM. N°s. 376-92-EF/75, 117-95- EF/75, 097-96-EF/75, 042-2001-EF/75 y 179-2004/75 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 056-2009-EF/75 Lima, 28 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante los Convenios de Traspaso de Recursos aprobados por las Resoluciones Ministeriales Nº 376-92- EF/75, Nº 117-95-EF/75, Nº 097-96-EF/75, Nº 042-2001- EF/75 y Nº 179-2004-EF/75, se establecieron los términos y condiciones en que SEDAPAL S.A. transfi ere al Ministerio de Economía y Finanzas los recursos necesarios para la atención del servicio de la deuda correspondiente a las operaciones de endeudamiento externo celebradas por la República del Perú y aprobadas por los Decretos Supremos Nº 074-92-EF, Nº 162-94-EF, Nº 038-96-EF, Nº 097-2000-EF y Nº 037-2004-EF, respectivamente; Que, asimismo, la citada empresa mantiene deudas provenientes de los créditos otorgados por la Comisión Liquidadora del FONAVI - COLFONAVI en aplicación del Decreto Supremo N° 039-99-EF y a través de la Unidad Técnica Especializada del Fondo Nacional de Vivienda - UTE- FONAVI, con recursos del referido Fondo, las cuales se encuentran bajo la administración del Ministerio de Economía y Finanzas. Que, se ha estimado conveniente constituir un Fideicomiso de Administración de Fondos, cuyo patrimonio autónomo estará integrado por los recursos provenientes