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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2009 (30/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de enero de 2009 389538 de la cobranza diaria de los servicios prestados por la empresa en mención, con el objeto de garantizar el cumplimiento oportuno de las obligaciones que SEDAPAL S.A. mantiene con el Ministerio de Economía y Finanzas, descritas en los considerandos precedentes, así como de otras obligaciones que la citada empresa adquiera con este Ministerio; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley N° 26969, Ley de extinción de deudas de electrifi cación y de sustitución de la contribución al FONAVI por el Impuesto Extraordinario de Solidaridad, la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, y los Decretos Supremos Nº 074- 92-EF, Nº 162-94-EF, Nº 038-96-EF, Nº 097-2000-EF y Nº 037-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébense las Enmiendas a los Convenios de Traspaso de Recursos aprobados por las Resoluciones Ministeriales Nº 376-92-EF/75, Nº 117-95-EF/75, Nº 097-96-EF/75, Nº 042-2001-EF/75 y Nº 179-2004-EF/75, las cuales tienen por objeto establecer que la obligación a cargo de SEDAPAL S.A. de transferir los recursos necesarios para la atención del servicio de la deuda correspondiente a las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos Nº 074-92-EF, Nº 162-94-EF, Nº 038-96-EF, Nº 097-2000-EF y Nº 037-2004-EF, respectivamente, será efectuada a través del Fideicomiso, cuya constitución se aprueba en el Artículo 2º de la presente norma. Artículo 2°.- Apruébese la constitución de un Fideicomiso de Administración de Fondos entre SEDAPAL S.A., en calidad de Fideicomitente, y el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y de la Ofi cina General de Administración, en calidad de Fideicomisario, con la participación de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE S.A., como Fiduciario. Artículo 3°.- Autorícese al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y al Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 307361-3 Designan representante de la CONFIEP ante el Consejo Normativo de Contabilidad CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA Nº 001-2009-EF/94 Lima, 23 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad señala como conformantes del Sistema Nacional de Contabilidad a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, el Consejo Normativo de Contabilidad; las ofi cinas de Contabilidad o quien haga sus veces para las personas jurídicas de derecho público y de las entidades del sector público, y a las ofi cinas de contabilidad, o quien haga sus veces para las personas naturales o jurídicas del sector privado; Que, el artículo 8º de la precitada norma legal señala que el Consejo Normativo de Contabilidad es integrado por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Banco Central de Reserva del Perú, Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Instituto Nacional de Estadística e Informática, Dirección Nacional de Contabilidad Pública, Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del País a propuesta de la Asamblea Nacional de Rectores y Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas, Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 28708, cada una de las entidades conformantes del Consejo Normativo de Contabilidad, propondrá, ante el Presidente del Consejo Normativo de Contabilidad, una terna de profesionales, entre los cuales se designará a su representante por un período de tres (3) años, pudiendo ser designado por otro período igual, a propuesta de la entidad correspondiente, Que, el Presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas, mediante Carta CONFIEP PRE-427/08 hace de conocimiento a esta Presidencia, que por acuerdo de su comité ejecutivo, proponen se amplíe para un nuevo periodo de tres (3) años como representante ante el Consejo Normativo de Contabilidad a la Sra. CPC María Elena Hernández Pastor; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º inciso b) de la Ley Nº 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo Único: Designar por un nuevo período de tres (3) años como representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, ante el Consejo Normativo de Contabilidad, a la señora CPC. MARIA ELENA HERNÁNDEZ PASTOR. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ARTURO PAJUELO RAMÍREZ Presidente Consejo Normativo de Contabilidad 307433-1 ENERGIA Y MINAS Designan Presidente del Consejo Directivo del INGEMMET RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2009-EM Lima, 29 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, mediante Resolución Suprema Nº 031-2007- EM se encargó el puesto de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, al Dr. Jaime César Chávez Riva Gálvez, hasta la designación del titular conforme a la Ley Nº 27594; Que, se ha visto por conveniente dar por terminado el encargo señalado en el considerando anterior y designar al Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET conforme lo dispone la Ley Nº 27594; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo - Ley Nº 29158; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminado, con efectividad al 31 de enero de 2009, el encargo efectuado al Dr. Jaime César Chávez Riva Gálvez, del puesto de Presidente