TEXTO PAGINA: 22
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de febrero de 2009 390192 Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, conforme al ofi cio de visto, la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto la designación del señor abogado Aldo Manuel Vegas Urrutia como Procurador Público Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Proceso de Pérdida de Dominio, por lo que resulta pertinente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 167-2008-JUS, de fecha 7 de octubre de 2008. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Aldo Manuel Vegas Urrutia como Procurador Público Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Proceso de Pérdida de Dominio. Artículo 3º.- Los Procuradores Públicos que vienen conociendo asuntos relacionados con la presunta comisión de delitos de lavado de activos y los procesos de pérdida de dominio o tengan documentos relacionados con las investigaciones preliminares y/o judiciales deberán transferir al citado Procurador Público Especializado el acervo documentario correspondiente, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior 309290-11 Modifican Directiva “Procedimiento para la designación de Editoras encargadas de la publicación y/o distribución de Ediciones Oficiales del Ministerio de Justicia” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 08-2009-JUS Lima, 3 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 364-2001- JUS, se aprobó la Directiva N° 002-2001-JUS/VM sobre “Procedimiento para la designación de editoras encargadas de la publicación y/o distribución de ediciones ofi ciales del Ministerio de Justicia”; Que, el Numeral 13 de la citada Directiva, establece el procedimiento de “Ofi cialización de Ediciones”; Que, el citado numeral señala requisitos que limitan el efectivo cumplimiento de dicho procedimiento; Que, es necesario garantizar la fi dedigna y actuailizada publicación de textos legales por parte de terceros, a través de la aplicación del procedimiento de “Ofi cialización de Ediciones”, a fi n de brindar seguridad jurídica a los operadores del derecho y la ciudadanía en general; Que, en mérito de lo señalado es necesario modifi car el subnumeral 13.1 del Numeral 13 de la Directiva Nº 002-2001-JUS/VM, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 364-2001-JUS; De conformidad con lo establecido en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612; inciso j) del Artículo 6º, e incisos b) y d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- MODIFÍCASE el Subnumeral 13.1 del Numeral 13 sobre “Ofi cialización de Ediciones”, de la Directiva Nº 002-2001-JUS/VM “Procedimiento para la designación de Editoras encargadas de la publicación y/o distribución de Ediciones Ofi ciales del Ministerio de Justicia”, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 364-2001-JUS, con el siguiente texto: “13.- OFICIALIZACIÓN DE EDICIONES 13.1.- El Ministerio de Justicia podrá OFICIALIZAR el contenido de una publicación elaborada por terceros cuando: * Su contenido verse sobre la Constitución Política, Códigos y normas legales en general, en forma individual o compendiadas. * Sea objeto de una minuciosa revisión por la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos. * Se establezca mediante convenio la asignación al Ministerio de Justicia de un número de ejemplares de la obra”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERASMO ALEJANDRO REYNA ALCÁNTARA Viceministro de Justicia 309254-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan el uso de Pasaporte Especial a Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Minsk, República de Belarús RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2009-RE Lima, 3 de febrero de 2009 Visto el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 019-99-RE del 19 de abril de 1999, mediante el cual se aprueba las normas relativas al uso del Pasaporte Especial otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, el mismo que señala expresamente que se podrá autorizar el uso del documento de viaje en mención a los nacionales que desempeñen funciones consulares ad honorem del Perú; Conforme al artículo 114º del Reglamento Consular del Perú, en el cual se especifi ca que los funcionarios consulares honorarios de nacionalidad peruana tienen derecho a que se les extienda Pasaporte Especial, conforme a las disposiciones vigentes; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el uso del Pasaporte Especial al señor Miguel Alberto Montañez Vidal, Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Minsk, República de Belarús. Artículo 2º.- Extender el correspondiente Pasaporte Especial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 309290-12