Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

PROYECTO

390341

para uso privado, coincidan con lo indicado en la factura. Cuando esto se produzca, el personal del Ministerio emitira in situ un acta en la que dejara MORDAZA de su presencia 7.3.4 Para efectos del reconocimiento fisico de los equipos y/o aparatos de telecomunicaciones a que se refiere el numeral precedente, la Direccion General de Concesiones en coordinacion con la Direccion General de Control cursaran un documento a la SUNAT para su programacion. La seleccion de las personas que pasaran dicha inspeccion sera realizada por la SUNAT, de acuerdo a sus procedimientos aprobados. 7.3.5 Sin perjuicio de lo anterior, una vez internados los equipos para Uso Privado, la Direccion General de Control, verificara el correcto uso de estos equipos y/o aparatos de telecomunicaciones. VIII. CONSULTAS INTERNAMIENTO SOBRE EL PERMISO DE

· Conforme los literales incisos f) y h) del articulo 83º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, es el organo competente del Ministerio para otorgar los permisos de internamiento y regular los procedimientos y tramites conforme a la normativa vigente. 2. PROPUESTA NORMATIVA Finalidad La propuesta tiene por finalidad establecer el procedimiento que debera seguirse en la atencion de los pedidos sobre internamiento de equipos y/o aparatos de telecomunicaciones. Ello, permitira coadyuvar a que los administrados pueda tener una conciencia bastante certera de cual sera el resultado final que se obtendra sobre sus solicitudes. Asimismo, tiene por finalidad garantizar que los equipos y/o aparatos de telecomunicaciones que ingresen al territorio nacional, cumplen con la legislacion vigente en telecomunicaciones y con las disposiciones que cautelan el derecho fundamental de las personas al secreto e inviolabilidad de las telecomunicaciones y la proteccion de datos personales, entre otras. Ello, permitira prevenir el ingreso al MORDAZA de equipos y/o aparatos de telecomunicaciones que estarian en capacidad de vulnerar el referido derecho fundamental y la proteccion de datos personales. De otro lado, establece las disposiciones que regularan el ejercicio de las facultades de supervision y control atribuidas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Alcance La propuesta normativa sera de cumplimiento obligatorio por las personas naturales y juridicas que requieran internar equipos y/o aparatos de telecomunicaciones al territorio nacional, los cuales puedan ser utilizados para la transmision y/o recepcion de senales empleando el espectro radioelectrico, asi como aquellos empleados para el servicio de telefonia fija alambrica. Mercancias Restringidas El proyecto de MORDAZA establece de forma predecible para los administrados que efectuen operaciones de importacion, cuales seran los equipos y/o aparatos de telecomunicaciones que seran considerados mercaderias restringidas por el Ministerio. Esto se ha conseguido debido a la accion coordinada de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones con la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, determinandose asi las subpartidas que contienen los equipos y/o aparatos de telecomunicaciones que requieren contar con permisos de internamiento emitido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Procedimiento El proyecto de MORDAZA establece: - La posibilidad que las solicitudes de internamiento MORDAZA presentadas utilizando medios electronicos o a traves de la Oficina de Atencion al ciudadano. - La informacion que debera consignarse en la solicitud de permiso de internamiento. - El detalle de las pautas procedimentales por las que debera seguirse en la atencion de las solicitudes sobre permisos de internamiento. - las causales de improcedencia previstas en el proyecto de directiva son consecuentes con la finalidad de la misma y con la citada Ley del Procedimiento Administrativo General. El procedimiento propuesto, se enmarca en los Principios de Predictibilidad, Celeridad, Debido Procedimiento, Simplicidad y Razonabilidad, asi como en lo dispuesto en los numerales 125.1 y 125.5 del articulo 125º, al considerar la posibilidad de subsanar las omisiones incurridas por los administrados al presentar su solicitud, tanto en la etapa de admision como en la

Para los casos no previstos en la presente Directiva, el usuario podra efectuar consultas a la Direccion General de Concesiones, a fin de determinar si un equipo y/o aparato de telecomunicaciones requiere para su ingreso al MORDAZA, permiso de internamiento. El tramite es gratuito y sera absuelto en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente de presentada la solicitud de consulta. Para dicho efecto, se debera presentar una carta simple, donde se consigne: a) Los datos del solicitante. b) Las especificaciones tecnicas de los equipos y/o aparatos de telecomunicaciones (de tratarse de equipos que utilicen el espectro radioelectrico las especificaciones deberan contener la potencia de emision y la banda de frecuencias de operacion de los equipos). c) La funcion y el uso que MORDAZA a los equipos y/o aparatos de telecomunicaciones materia de la consulta. IX. ACCIONES DE CONTROL Y SUPERVISION La fiscalizacion en el cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Directiva, estara a cargo de la Direccion General de Control, en el MORDAZA de sus competencias previstas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, y en su Reglamento General. EXPOSICION DE MOTIVOS 1. ANTECEDENTES · El articulo 1º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, declara de interes nacional la modernizacion y desarrollo de las telecomunicaciones, dentro del MORDAZA de la libre competencia, corresponde al Estado su fomento, administracion y control. · Dicha MORDAZA tiene su correlato en el articulo 245º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, que determina los aspectos generales para el permiso de internamiento de equipos y/o aparatos de telecomunicaciones. A su vez, el citado articulo contempla dos formas de permisos de internamiento: definitivo y temporal. Adicionalmente la Tercera Disposicion complementaria y final del referido cuerpo legal, permite el internamiento de equipos para uso estrictamente privado. · En este MORDAZA legal, a traves de Resolucion Directoral Nº 1581-2006-MTC/17 del 24 de MORDAZA de 2006, se aprobo la Directiva Nº 005-2006-MTC/17 denominada "Normas Aplicables a los Procedimientos Administrativos y Tramites Diversos Referidos a los Permisos de Internamiento de Equipos y/o Aparatos de Telecomunicaciones en el Territorio Nacional". Sin embargo, dado el tiempo transcurrido y debido a las modificaciones producidas en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, resulta necesario emitir un MORDAZA MORDAZA legal que de predictibilidad a los administrados, respecto de sus solicitudes de permisos de internamiento.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.