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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (05/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 100

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390334 Artículo 2. Encárgase a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 309284-1 Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000004 Callao, 24 de enero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 24 de enero de 2009; Aprobó la siguiente: Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 numeral 3 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar el régimen de Organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000004 publicada el 14 de marzo de 2004, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000074 publicada el 14 de enero de 2009, se crea el “Sistema de Hospitales Chalacos” como un Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo N° 00010 el mismo que aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, para incorporar al “Sistema de Hospitales Chalacos” como parte de los Órganos Descentralizados, el cual tiene como antecedentes los Informes Nº 100- 2009-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, así como el Informe Nº 028-2009-MPC-GGAJC-SGCA de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando que la Ordenanza Municipal que opina que resulta procedente la propuesta de modificación del referido reglamento; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébase la modifi cación en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, de los artículos 96º, 102º, 103º y 148º, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 96º. Son funciones de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales: a. Normar, promover, coordinar, dirigir y evaluar acciones recreativas, culturales, deportivas, de salud y turísticas, otorgando licencias, estímulos, desarrollando acciones y aplicando sanciones. (…) g. Proponer, dirigir, coordinar, implementar y supervisar el Plan Municipal de Salud del Callao. h. Promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar acciones de prevención y atención de salud. (…) Artículo 102º. La Gerencia de Sanidad es el órgano de línea, encargado de promover, controlar y evaluar los servicios de salud y desarrollar programas de prevención sanitaria de la población. Artículo 103º.- Son funciones de la Gerencia de Sanidad: a. Elaborar, controlar y evaluar la ejecución del Plan Municipal de Salud del Callao. b. Promover la ampliación, descentralización y el acceso masivo a bajo costo, de los servicios de salud, promocionando una cultura de salud y modos de vida saludables en la población de la Provincia Constitucional del Callao. (…) k. Promover, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades referentes a atenciones en los Centros de Salud de la Municipalidad Provincial del Callao. (…) Artículo 148º.- La Municipalidad Provincial del Callao de acuerdo a Ley ha creado empresas Municipales y Organismos Públicos Descentralizados, los cuales se constituyen como personas jurídicas y se rigen por sus estatutos correspondientes. Estos organismos públicos de tratamiento especial son: - Empresa de Servicios de Limpieza Municipal Pública del Callao S.A.- ESLIMP CALLAO S.A. - Fondo Municipal de Inversiones del Callao S.A. - FINVER CALLAO S.A. - Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Callao. - Sistema de Hospitales Chalacos. Artículo 2º.- Apruébase la modifi cación en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, en el Título Sexto, Capítulo I: Del Organigrama Estructural Básico y Capítulo II: Del Cuadro Orgánico, de acuerdo a lo especifi cado en el Anexo I y Anexo II, adjuntos y que forman parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- Apruébase la inclusión en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, en el artículo 96º del literal “l”. En el Título Segundo, Capítulo XI, la Sección IV del Sistema de Hospitales Chalacos y el Artículo 151-A, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 96º. Son funciones de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales: (…) l. Proponer y supervisar la aplicación de políticas de salud, educación, cultura y turismo en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao. SECCIÓN IV: DEL SISTEMA DE HOSPITALES CHALACOS Artículo 151-A.- El “Sistema de Hospitales Chalacos” es un Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Provincial del Callao, con personería jurídica de derecho público, creado por Ordenanza Municipal Nº 000074 del 14 de enero de 2009. Se rige por sus estatutos, documentos normativos de gestión y en lo pertinente por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás legislación que le sean aplicables. Tiene como fi nalidad brindar servicios integrales de salud a la población, con un fi n social, contribuyendo a mejorar la calidad de vida y el bienestar de la población. Artículo 4º.- Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encárgase a la