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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (07/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de febrero de 2009 390458 Que, el literal d) del artículo 119º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el Ministerio de Energía y Minas, a pedido de parte o de ofi cio, declarará la extinción de las servidumbres impuestas en caso se dé término a la fi nalidad para la cual se constituyó la servidumbre; Que, en el presente caso, se ha verifi cado a través de la autoridad competente que no existen instalaciones eléctricas, en los tramos T9 – T11, T12 – T17, T19 – T25, T115 – T116 y T118 – T120 de la mencionada línea de transmisión, razón por la que resulta aplicable la disposición de la Ley de Concesiones Eléctricas antes referida; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el informe favorable Nº 267-2008-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar extinguida la servidumbre impuesta por la Resolución Ministerial Nº 274-95-EM/ VME, publicada el 15 de octubre de 1995, en los tramos T9 – T11, T12 – T17, T19 – T25, T115 – T116 y T118 – T120 de la Línea de Transmisión de 220 kV SE Lima – SE Independencia 1 (L-207), por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 302570-2 Modifican Artículo 2° de la R.M. N° 289- 2007-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 082-2009-MEM/DM Lima, 6 de febrero de 2009 Visto el Memorando N° 086-2009-MEM/OGA del Director General de la Ofi cina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 289-2007- MEM/DM publicada el 18 de junio de 2007, se designó al economista Julio César Pesantes Rebaza, Director General de Administración, como representante del Ministerio de Energía y Minas ante la Junta de Administración de los fi deicomisos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 055-2009- MEM/DM publicada el 29 de enero de 2009 se acepta, con efectividad al 4 de febrero de 2009, la renuncia del economista Julio César Pesantes Rebaza, al cargo de Director General de la Oficina General de Administración, por lo que resulta necesario designar a un funcionario en su reemplazo para el cargo de representante ante la Junta de Administración de los fideicomisos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 289-2007-MEM/DM, con el texto señalado: “Artículo 2°.- Designación de los representantes del Ministerio de Energía y Minas ante la Junta de Administración de los fi deicomisos. Designar a la abogada Maritza León Iriarte y al Ingeniero Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz, Asesor del Despacho del Viceministro de Minas, como representantes del Ministerio de Energía y Minas ante la Junta de Administración de los fi deicomisos”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA MInistro de Energía y Minas 310857-1 Reestructuran la Comisión constituida mediante R.M. N° 291-2008-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 083-2009-MEM/DM Lima, 6 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 291-2008-MEM/DM se conformó la Comisión encargada del Plan Referencial del Sector Energía 2008 al 2020, la cual tenía por encargo presentar, la propuesta de Plan Referencial del Sector Energía; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe N° 001- 2009-MEM/VME del Presidente de la Comisión indicada en el considerando anterior, se ha verifi cado la versión preliminar del diagnóstico, las proyecciones de demanda y una propuesta de políticas y objetivos para el Sector Energético; Que, los recientes acontecimientos en la economía mundial han tenido repercusiones en todos los sectores económicos, entre ellos el Sector Energético. Por este motivo, la citada Comisión ha recomendado actualizar las proyecciones de la demanda energética de los sectores a nivel nacional para luego determinar las proyecciones del abastecimiento energético y las políticas a implementarse; Que, por otro lado la Dirección General de Electricidad en el marco de las competencias que tiene asignadas, viene elaborando el Plan Referencial de Electricidad; asimismo, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – Osinergmin, viene ejecutando un estudio para elaborar la Estrategia para el Desarrollo del Sector Energético y otro estudio sobre la Prospectiva del Sector Eléctrico; adicionalmente, el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional tiene a su cargo la coordinación de la operación de corto, mediano y largo plazo del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, los cuales servirán de insumo para la elaboración del Plan Referencial de Energía que se viene ejecutando; Que, en tal sentido, se ha considerado conveniente reconstituir la Comisión de elaboración del Plan Referencial de Energía a efecto de culminar con las labores encomendadas y revisar los documentos en función a lo señalado en los considerandos anteriores; De conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Reestructurar la Comisión constituida mediante Resolución Ministerial N° 291-2008-MEM/DM, la que a partir de la publicación de la presente disposición, estará encargada de la elaboración del Plan Referencial del Sector de Energía 2009 al 2021, la que quedará conformada de la siguiente manera: - El Viceministro de Energía o su representante, quien lo presidirá. - El Director General de la Dirección General de Electricidad o su representante. - El Director General de la Dirección General de Hidrocarburos o su representante. - El Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante.