Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2009 (07/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

390468

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de febrero de 2009

Que mediante Certificados Compendioso de Dominio la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., acreditan la propiedad de las embarcaciones pesqueras FERROL, SIPAN y FLAMINGO; mientras que la embarcacion CAPLINA 8 de matricula PT-2466-PM, figura a nombre de WIESE SUDAMERIS LEASING S.A, consignada via arrendamiento financiero, a favor de la administrada; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en los escritos, se ha determinado que la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, asi como por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nros. 375-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y 1017-2008PRODUCE/DGEPP, y con la opinion de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demas normas complementarias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar via regularizacion el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras FERROL de matricula PS-6144-PM, y SIPAN de matricula CE-11080-PM, a favor de la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU. Articulo 2º.- Aprobar los cambios de titular de permisos de pesca, nombre y matricula de las embarcaciones pesqueras de acuerdo al detalle siguiente:
Nombre anterior Nombre Actual FERROL CAPLINA 8 SIPAN FLAMINGO TASA 49 TASA 111 TASA 411 TASA 36 Nueva Matricula Cambio de Titular a Favor de: PS-6144-PM Sin Cambio PS-11080-PM Sin Cambio Tecnologica de Alimentos S.A. Tecnologica de Alimentos S.A. Tecnologica de Alimentos S.A Sin Cambio

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 810-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA,18 de diciembre del 2008 Visto los escritos del visto con registros Nº 00077597 del 21 de octubre y 05 de noviembre del 2008, presentados por la empresa PESQUERA MARINHA S.A.C. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, ademas conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. No procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no ha sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que asimismo el precitado Articulo establece que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca encontrandose condicionada la vigencia a su resultado. En el caso que concluya el procedimiento administrativo sancionador mediante acto administrativo firme o de confirmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero suspendera el permiso de pesca si en el plazo concedido por la Administracion no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multa impuestas, excluyendose a la embarcacion pesquera de los listados a que se refiere el Articulo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca, hasta que se solicite su reincorporacion; Que mediante Resolucion Directoral Nº 045-2000CTAR PIURA/DIREPE-DR, de fecha 30 de octubre de 2000 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA MILLONES MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "JOSE MORDAZA IV" con matricula Nº PL-19820-CM de 76.49 m3 de volumen de bodega y de 18.18 TRN, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto y jurel y caballa para consumo humano directo en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 075-2002CTAR-PIURA-DIREPE-DR, del 06 de noviembre de 2002, se modifico el volumen de bodega correspondiente a la embarcacion pesquera "JOSE MORDAZA IV" de matricula PL-19820-CM, debiendo consignarse el volumen de 104.98 m 3 en la Resolucion Directoral Nº 045-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR; Que mediante Resolucion Directoral Nº 258-2003PRODUCE/DNEPP, del 04 de setiembre del 2003, se corrigio la Resolucion Directoral Nº 045-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 30 de octubre de 2000 y la Resolucion Directoral Nº 075-2002-CTAR PIURADIREPE-DR del 06 de noviembre de 2002, en el extremo referido al titular del derecho otorgado, debiendo considerarse a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA en lugar de MORDAZA MORDAZA Millones Jacinto; Que mediante Resolucion Directoral Nº 422-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 27 de noviembre del 2003, se aprobo la modificacion de la Resolucion Directoral Nº 258-2003-PRODUCE/DNEPP, unicamente en el extremo referido al nombre de la embarcacion "JOSE MORDAZA IV" por el de "JARIT" de matricula Nº PL-19820-CM de 104.98

Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados por Resolucion Ministerial Nº 101-97-PE; Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE modificada por las Resoluciones Directorales Nros. 204-2001-PE/DNEPP y 108-2002-PRODUCE/DGEPP; Resolucion Ministerial Nº 475-97-PE, para operar las embarcaciones pesqueras FERROL (Actualmente TASA 49) de matricula PS-6144-PM; CAPLINA 8 (Actualmente TASA 111) de matricula PT-2466-PM; SIPAN (Actualmente TASA 411) de matricula PS-11080-PM. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., como titular de los permisos de pesca otorgados por Resolucion Ministerial Nº 101-97-PE, Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE modificada por las Resoluciones Directorales Nros. 204-2001-PE/DNEPP y 108-2002-PRODUCE/DNEPP, Resolucion Ministerial Nº 47597-PE, para operar las embarcaciones pesqueras "TASA 49" con matricula PS-6144-PM, "TASA 111" con matricula PT2466-PM, "TASA 411" con matricula PS-11080-PM, asi como la presente resolucion al Anexo I, literal A de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, y excluir a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 309961-7

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.