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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (11/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de febrero de 2009 390644 es constituirse como el órgano rector y orientador del señalado Sistema Nacional; Que, la citada norma establece en el numeral 7.2) del artículo 7º, entre las facultades del Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN, la de dictar las normas administrativas específi cas para garantizar el funcionamiento del CEPLAN; Que, el artículo 27° del Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2005-PCM, contempla al Área de Seguimiento y Evaluación como uno de los Órganos de Línea del CEPLAN, el mismo que estará a cargo de un Coordinador; Que, actualmente el citado órgano se encuentra sin responsable a cargo, y a fi n de cumplir con las funciones, objetivos y metas que el ordenamiento jurídico reconoce y exige al CEPLAN, resulta necesario proceder a la designación del Coordinador que estará a cargo de dicho órgano; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1088 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor Elias Joel Ruiz Chavez como Coordinador del Área de Seguimiento y Evaluación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN. Regístrese, comuníquese y publíquese; AGUSTIN HAYA DE LA TORRE Presidente Consejo Directivo 311573-1 Designan coordinador del Área de Estudios y Análisis Prospectivos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 019-2009/CEPLAN/PCD Mirafl ores, 9 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento se crea y regula la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del señalado Sistema Nacional; Que, la citada norma establece en el numeral 7.2) del artículo 7º, entre las facultades del Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN, la de dictar las normas administrativas específi cas para garantizar el funcionamiento del CEPLAN; Que, el artículo 22° del Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2005-PCM, contempla al Área de Estudios y Análisis Prospectivos como uno de los Órganos de Línea del CEPLAN, el mismo que estará a cargo de un Coordinador; Que, actualmente el citado órgano se encuentra sin responsable a cargo, y a fi n de cumplir con las funciones, objetivos y metas que el ordenamiento jurídico reconoce y exige al CEPLAN, resulta necesario proceder a la designación del Coordinador que estará a cargo de dicho órgano; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1088 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor Joel Denis Jurado Najera como Coordinador del Área de Estudios y Análisis Prospectivos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN. Regístrese, comuníquese y publíquese; AGUSTIN HAYA DE LA TORRE Presidente Consejo Directivo 311573-2 ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Designan funcionario responsable de la publicación de las normas legales y actos de la Administración Pública comprendidos en los alcances del D.S. Nº 001-2009-JUS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 075-2009-JNAC/RENIEC Lima, 5 de febrero de 2009 VISTO: El Informe Nº 000137-2009/GAJ/RENIEC de fecha 4 de febrero de 2009, emitido por la Gerencia Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, con fecha 15 de enero de 2009, se publicó el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS – Reglamento, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Que, en virtud a lo establecido en el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo, el mismo es de aplicación a las entidades públicas comprendidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, entre los cuales se encuentra el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC; Que, el aludido Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS prescribe que, es obligación de las Entidades Públicas, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de las normas legales de carácter general y actos de la Administración Pública, comprendidos en sus artículos 4º y 10º;