Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2009 (12/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de febrero de 2009

de educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece mecanismos para autorizar transferencias financieras para proyectos de inversion publica, del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas Publicas y Entidades Publicas mediante resolucion del Titular del Pliego, para lo cual se deben suscribir, previamente, convenios con las citadas instancias de gobierno, los mismos que establecen, principalmente, el objeto del convenio, las obras a desarrollarse, la disponibilidad de recursos y el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica; Que, asimismo dicha disposicion indica que el Pliego del Gobierno Nacional verifica el cumplimiento y monitorea las acciones contenidas en el mencionado convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica. Los proyectos de inversion deben contar con la viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP). Las transferencias de recursos se sujetan al cronograma de ejecucion de inversion publica; Que, cuando el proyecto de inversion es ejecutado via ejecucion presupuestaria indirecta, la Resolucion autoritativa debe establecer un cronograma de desembolsos, cuya efectivizacion es unicamente sustentada por el contrato de la ejecucion del proyecto, y/o la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. En este caso el convenio constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que el gobierno regional y/o el gobierno local, efectuen la convocatoria al MORDAZA de seleccion para la ejecucion del respectivo proyecto de inversion publica, conforme a las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 060-2009EF/76.01, "Lineamientos para la Aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 ­ Ley Nº 29289", se modifico la Directiva Nº 003-2007EF/76.01, incluyendo el Apendice "Lineamientos para la Aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 ­ Ley Nº 29289", en cuyo articulo 2º "Aplicacion de la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289 para proyectos ejecutados en administracion directa", indica que cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia financiera es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional, y no es de aplicacion el requisito de los adelantos y valorizaciones por avance de obras, dada la naturaleza de los proyectos que se realizan a traves de este MORDAZA de ejecucion, por tanto las transferencias financieras se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo; Que, como respuesta a la actual crisis economica financiera internacional, el Poder Ejecutivo ha establecido como objetivo de interes nacional el aseguramiento del crecimiento economico y del empleo, protegiendo a los grupos mas vulnerables de la poblacion, por lo que de conformidad con lo establecido en el articulo 5º de la Resolucion Suprema Nº 342-2008-PCM, que crea la Comision Multisectorial encargada del monitoreo y seguimiento de las medidas MORDAZA crisis, dentro de la coordinacion de la implementacion de las medidas para aminorar el impacto de la crisis, le corresponde al Ministerio de Educacion la ejecucion de programas sociales ampliados; Que, la Unidad de Presupuesto mediante el Informe Nº 025-2009-ME/SPE-UP, considera que es tecnicamente factible autorizar una transferencia financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor del Pliego de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA de la provincia de MORDAZA MORDAZA del departamento de MORDAZA, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para financiar el proyecto de inversion publica declarado viable, detallado en el Anexo adjunto a la presente resolucion; y De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley Nº 29289, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el

Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias, la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 y sus modificatorias, y Resolucion Directoral Nº 060-2009-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar una transferencia financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor del Pliego de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para financiar el Proyecto de Inversion Publica, declarado viable, detallado en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se realizara con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica, de acuerdo a lo detallado en el Anexo adjunto, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 4º.- Para la efectivizacion de la presente transferencia, es necesario el cumplimiento de lo establecido en el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educacion y el Gobierno Local, en el que se indican los terminos y obligaciones generales de las partes, y otras obligaciones especificas. Articulo 5º.- De conformidad con la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, establezcase el Cronograma de Desembolsos, segun los cuales se ejecutaran los desembolsos de la transferencia financiera autorizada, luego de cumplidas las obligaciones establecidas. Articulo 6º.- La Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion y la Oficina de Administracion o la que haga sus veces en el Gobierno Local, realizaran las coordinaciones necesarias para la efectivizacion del desembolso correspondiente de la transferencias financiera autorizada en la presente Resolucion, la que se ejecutara a pedido de la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE. Articulo 7º.- El Gobierno Local, bajo responsabilidad, debera informar a la Oficina de Infraestructura Educativa ­ OINFE los avances mensuales, y final del proyecto de inversion, indicando cualquier impedimento en la elaboracion del mismo. Articulo 8º.- La Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion - OINFE se encargara, de acuerdo a sus funciones, de velar por el cumplimiento del Convenio referido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como la ejecucion y el cumplimiento de los compromisos establecidos en el mismo, para lo cual se encargara del seguimiento y monitoreo del proyecto autorizado en la presente Resolucion, debiendo informar trimestralmente al Viceministerio de Gestion Institucional y a la Secretaria General del Ministerio de Educacion sobre los avances reportados por el correspondiente Gobierno Local, luego de las evaluaciones realizadas por la OINFE. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, y MORDAZA de la misma sera remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a la Oficina de Prensa y Comunicaciones para la publicacion en la pagina web del Ministerio de Educacion. Articulo 10º.- Autorizar al Secretario General para que, en nombre y representacion del Ministerio de Educacion, suscriba el Convenio a que se refiere el articulo 4º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

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