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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (12/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de febrero de 2009 390686 Nº LISTA ENTIDAD NOMBRES CARGO DE REFERENCIA REMUNERACIÓN DE REFERENCIA 7 1 PESCA PERÚ PAREDES DEL AGUILA LILI EMPLEADO S/ 3,166.41 8 1 PESCA PERÚ POMA RAMIREZ GLORIA LIDIA EMPLEADO S/ 3,166.41 9 1 PESCA PERÚ RUESTA SAAVEDRA CARLOS ENRIQUE EMPLEADO S/ 3,166.41 10 1 PESCA PERÚ RUMICHE CHUNGA JORGE NOLBERTO EMPLEADO S/ 3,166.41 11 1 PESCA PERÚ SANTI MONTERO GRACIELA EMPLEADO S/ 3,166.41 12 1 PESCA PERÚ HUARACA CHAVEZ MARCELINO EMPLEADO S/ 3,166.41 13 1 PESCA PERÚ CORDOVA ALARCON ELMER MARIO EMPLEADO S/ 3,166.41 14 1 PESCA PERÚ CUZCO QUISPE SEBASTIAN CARLOS OBRERO S/ 2,253.79 15 1 PESCA PERÚ FIESTAS ECHE MANUEL HECTOR EMPLEADO S/ 3,166.41 16 1 PESCA PERÚ GAMONAL CADENAS GREGORIO OSWALDO OBRERO S/ 2,253.79 17 1 PESCA PERÚ GUZMAN MEDINA VICTOR OBRERO S/ 2,253.79 18 1 PESCA PERÚ HERNANDEZ ARNAO ALBERTO GENARO OBRERO S/ 2,253.79 19 1 PESCA PERÚ TORRES DE PAREDES MARIA ESPERANZA EMPLEADO S/ 3,166.41 20 3 PESCA PERÚ VALIENTE JARAMILLO JOSE FRANCISCO OBRERO S/ 2,253.79 21 1 PESCA PERÚ CASTILLO ANDRADE VDA DE REYES ADELINA EMPERATRIZ EMPLEADO S/ 3,166.41 22 1 PESCA PERÚ GONZALES NUÑEZ CESAR AUGUSTO EMPLEADO S/ 3,166.41 23 1 PESCA PERÚ SILVA CASTILLO MARCO ANTONIO EMPLEADO S/ 3,166.41 24 1 PESCA PERÚ AROCUTIPA COPAJA FAUSTINO OBRERO S/ 2,253.79 25 1 PESCA PERÚ BENAVENTE MOLINA OSCAR OBRERO S/ 2,253.79 26 1 PESCA PERÚ CANCINO JIMENEZ RHINA ELIANA EMPLEADO S/ 3,166.41 27 1 PESCA PERÚ HUALLANCA QUIJANDRIA NUMA POMPILLO EMPLEADO S/ 3,166.41 28 1 PESCA PERÚ JUAREZ CASTILLO DOMINGO EMPLEADO S/ 3,166.41 29 1 PESCA PERÚ MATTA VASQUEZ ALEJANDRO NICOLAS OBRERO S/ 2,253.79 312029-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2009-MTC/02 Lima, 9 de febrero de 2009 VISTOS: El Informe Nº 040-2009-MTC/12 del 26 de enero de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 013-2009-MTC/12.07 del 23 de enero de 2009 emitido por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, el explotador aéreo ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de febrero de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco de los Procedimientos Nºs 10, 12 y 16 correspondientes a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes a los Procedimientos a que se refi eren en el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección, y referidas en el Informe Nº 040- 2009-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar los viajes en comisión de servicios de los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 16 al 25 de febrero de 2009, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 013-2009- MTC/12.07 y Nº 040-2009-MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa solicitante a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto. Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación . Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones