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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de febrero de 2009 390682 TV2, cuyas potencias instaladas son 5,42 MW y 2,52 MW, respectivamente; Que, la solicitud de SDF ENERGÍA S.A.C. se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la titular presentó la Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, y cuenta con la opinión a que se refi ere el Informe Nº 027- 2009-DGE-DCE, siendo procedente la solicitud presentada; Estando a lo dispuesto por el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Oquendo de la que es titular SDF ENERGÍA S.A.C., a fi n de reducir la potencia instalada de 64 MW a 39,94 MW. Artículo 2º.- Según su solicitud de modifi cación de SDF ENERGÍA S.A.C. y conforme al nuevo Cronograma de Ejecución de Obras presentado, la culminación y puesta en servicio del grupo TG1 será a fi nes de marzo 2009. Artículo 3º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial Nº 318-2007-MEM/ DM y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 311320-1 Recomponen la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2009-MEM/DM Lima, 9 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 32° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 276, dispone que en las entidades de la Administración Pública se establecerán Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios para la conducción de los respectivos procesos; Que, el artículo 165° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, dispone que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios estará constituida por tres miembros titulares y tres miembros suplentes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 242-2002-EM- DM, se aprobó el Reglamento del Proceso Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 165° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, así como en el artículo 11° del Reglamento del Proceso Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, el Presidente de la Comisión Permanente será designado por el Ministro de Energía y Minas, uno de sus miembros será el Director de la Ofi cina de Personal y el tercero será un servidor de carrera designado por los servidores; Que, en reunión de los trabajadores nombrados, llevada a cabo el día 11 de enero de 2009, se eligió a los representantes de los servidores ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, en ese sentido, se hace necesario recomponer la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios conformada por Resolución Ministerial N° 232-2007- MEM/DM; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; así como en el Reglamento del Proceso Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Resolución Ministerial Nº 242-2002-EM-DM; SE RESUELVE: Artículo 1°: Recomponer la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Energía y Minas, la que estará conformada por los siguientes funcionarios y servidores: MIEMBROS TITULARES • Sr. Ramón Alberto Huapaya Tapia, Asesor II de la Secretaría General, quien la presidirá. • Dr. Manuel Alberto Balladares Ramírez, Director de la Ofi cina de Personal, quien actuará como miembro. • Eco. Alamiro Liñan Alcalde, como representante de los servidores, quien actuará como miembro. La Dra. Maritza León Iriarte, abogada de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, actuará como Secretaria Titular de la Comisión Permanente. MIEMBROS SUPLENTES • Sr. Manuel Revilla Valdivia, Director de la Ofi cina de Informática (Suplente del Presidente) . • Eco. Esther Agreda Díaz, Directora de la Ofi cina de Presupuesto, quien actuará como miembro suplente. • Sr. Alcides Meraias Claros Pacheco, como representante de los servidores, quien actuará como miembro suplente. El Dr. Wilbert Esquivel Mayorga, abogado de la Dirección General de Minería, actuará como Secretario Suplente de la Comisión Permanente. Artículo 2°: Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 232-2007-MEM/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 312264-1 JUSTICIA Conforman Grupo Técnico de Trabajo encargado de presentar el Plan de Trabajo para la implementación y seguimiento del Plan Sectorial del Ministerio de Justicia para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0019-2009-JUS Lima, 11 de febrero de 2009