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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (14/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Lima, sábado 14 de febrero de 2009 390854 De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; en el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones; en el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM; en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Modifi cación de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión y su Actualización con Costos 2008”. Artículo 2º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, junto con la carpeta “MOD INV V2“ y el Informe Nº XXXX-2009-GART que la sustenta, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante Resolución OSINERGMIN Nº 343-2008-OS/ CD se aprobó la “Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión” (en adelante “Base de Datos”), en cuya parte considerativa se precisó que en caso se requiera reestructurar la conformación de algún módulo estándar o incorporar algún módulo no previsto que sea de aplicación estándar, previamente éste se publicaría para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados. Al respecto, algunas empresas titulares de transmisión han incluido en sus propuestas presentadas para el proceso regulatorio de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT), iniciado el 02 de junio de 2008, algunos módulos de transmisión adicionales a los aprobados por OSINERGMIN, bajo el argumento que son necesarios para la valorización de sus Planes de Inversión que forman parte de dichas propuestas. Con relación a lo mismo, la empresa Luz del Sur S.A.A., mediante carta GIP.09.004, de fecha 15 de enero 2009, solicita la reestructuración de algunos módulos estándares de la Base de Datos, así como la incorporación de nuevos módulos que, según sostiene, son necesarios para la valorización del Plan de Inversiones propuesto. Asimismo, la empresa Edelnor S.A.A., mediante carta GRyGE-021-2009, de fecha 23 de enero 2009, manifi esta que la Base de Datos no contiene todos los módulos que se requieren para la valorización de su Plan de Inversiones propuesto, por lo que alcanza una propuesta de módulos que considera deben incluirse en la Base de Datos. Por otro lado, en el Artículo 3º de la indicada Resolución OSINERGMIN Nº 343-2008-OS/CD, se dispuso la actualización de los costos de la referida Base de Datos, cada 30 de enero, con información correspondiente al año anterior. Ante esta situación, de acuerdo con el principio de efi ciencia y efectividad, previsto en el Artículo 14º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 022-2009-OS/CD, publicada el 29 de enero de 2009, se dispuso la postergación hasta el 31 de marzo de 2009, de la actualización de costos de la Base de Datos a que se refi ere el Artículo 3º de la Resolución OSINERGMIN Nº 343-2008-OS/CD, a efectos que se realice conjuntamente con las modifi caciones y nuevos módulos, que resulten necesarios implementar en dicha Base de Datos. Con base en lo actuado, se ha revisado la Base de Datos, habiéndose determinado la necesidad de reestructurar 4 075 módulos vigentes ya sea por modifi cación de algún componente que lo conforma o por corrección de alguna inconsistencia detectada en la vinculación de las hojas de cálculo correspondientes, así como incorporar 162 módulos nuevos por considerarlos de aplicación estándar. Asimismo, se ha efectuado la actualización de costos de la Base de Datos según los criterios establecidos para la valorización de los módulos estándar de transmisión, cuyas fuentes fundamentalmente son: la página Web de la Superintendencia Nacional de Aduanas para suministros importados, información proporcionada por las titulares de transmisión y otras fuentes como CAPECO, CONATA y las páginas Web de London Metal Exchange y The Steel Index. En ese sentido, se debe aprobar y publicar la “Modifi cación de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión y su Actualización con Costos 2008” 313245-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL PROYECTO