Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2009 (14/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2009

Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA y a la Gerencia de Fiscalizacion verificar el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del ano dos mil nueve. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 312393-2

Modifican D.A. Nº 018-2007-ALC/MSI mediante el cual se aprobaron parametros urbanisticos y edificatorios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-ALC/MSI San MORDAZA, 12 de febrero de 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 018-2007ALC-MSI se aprobaron los parametros urbanisticos y edificatorios para la aplicacion de la Ordenanza Nº 950MML y sus modificatorias en el distrito de San Isidro; Que, asimismo, mediante Decreto de Alcaldia Nº 0172008-ALC-MSI se aprobaron diversas modificaciones a los parametros urbanisticos y edificatorios del Decreto de Alcaldia Nº 018-2007-ALC-MSI con la finalidad de lograr una mejor interpretacion y correcta aplicacion de los mismos, en concordancia con los objetivos y vision de desarrollo definidos por la actual gestion MORDAZA destinados a recuperar progresivamente la identidad y calidad residencial del distrito; Que, sin desligarse de los lineamientos de preeminencia ambiental y proteccion y promocion de la residencialidad del distrito, resulta necesario precisar y ajustar los criterios establecidos en el Decreto de Alcaldia Nº 018-2007-ALCMSI referidos a la dotacion minima reglamentaria de estacionamientos requerida a los administrados para la obtencion de una Licencia Municipal de Funcionamiento; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 0110-2009-0400-GAJ/MSI y el Informe Nº 02-2009-12.0.0-GACU/MSI; y, En uso de las facultades conferidas en el Numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Unico.- Modificar el acapite "Excepciones para otorgar Licencia de Funcionamiento" del articulo 21º del Decreto de Alcaldia Nº 018-2007-ALC/MSI, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 21º.- Indice de Espacios de Estacionamiento en Zonificacion Comercial (...) Excepciones para otorgar Licencia de Funcionamiento En zonas comerciales Comercio Zonal "CZ" y Comercio Metropolitano "CM", con alta concentracion de edificaciones destinadas al uso de oficinas administrativas, los establecimientos existentes que cumplan con las normas vigentes, relacionados con el servicio de restaurante, cafeteria y afines, que prestan servicio exclusivo a los trabajadores de los establecimientos de la MORDAZA, debido a la modalidad y nivel operativo del servicio, no estaran afectos al requisito de dejar plazas de estacionamiento en el predio. Para acogerse a la presente MORDAZA, el horario de atencion de los locales debe coincidir con el horario regular de atencion de las oficinas administrativas (de lunes a viernes desde las 7:00 a 18:00 horas y sabados

desde las 7:00 hasta las 14:00 horas) y deben cumplir con las condiciones de atencion correspondientes a los restaurantes de 2 tenedores sin venta de licor. Para el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento, el requerimiento de plazas de estacionamiento debera acreditarse dentro del lote matriz, permitiendose estacionamientos dobles, uno detras del otro, unica y exclusivamente si son acreditados por un mismo usuario, con las dimensiones minimas establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones. Para el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento a locales ubicados en edificaciones de uso comercial u oficinas administrativas existentes a la fecha de vigencia de la presente modificacion y que se encuentren en zonificacion comercial, se exigira el numero de plazas de estacionamiento que corresponda segun la MORDAZA que fuera aplicada al momento del otorgamiento de la Licencia de Construccion u Obra. Esta disposicion sera de aplicacion unicamente si es que el giro para el que se solicita licencia de funcionamiento es el mismo que el uso especifico que consta en la finalizacion de obra o en la declaratoria de fabrica del establecimiento. Para el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento para el giro de oficinas administrativas en edificios de vivienda multifamiliar existentes a la fecha de vigencia del presente Decreto de Alcaldia y que se encuentren en zonificacion comercial, se exigira el numero de plazas de estacionamiento que corresponda a oficinas segun la MORDAZA vigente al momento del otorgamiento de la Licencia de Construccion u Obra. Para los establecimientos destinados a bingos, MORDAZA de baile, discotecas, clubes sociales o departamentales no les sera de aplicacion lo dispuesto en el parrafo anterior. El deficit de estacionamientos que tengan dichos establecimientos debera ser cubierto obligatoriamente mediante el servicio de valet parking con espacios de estacionamiento debidamente acreditados para este servicio y con personal suficiente que garantice el optimo funcionamiento del mismo. La relacion de excepciones no es limitativa y podra extenderse a todo local de caracteristicas similares a criterio, en primera instancia, de la Subgerencia de Acceso al MORDAZA y en MORDAZA instancia de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano. Para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento de actividades economicas en zonificacion de Comercio Metropolitano (CM) que se desarrollen en horario exclusivamente nocturno, que no se superpongan con el horario establecido para las actividades comerciales de 7:00 a.m. a 11:00 p.m., estas podran cubrir su requerimiento de estacionamientos contabilizando los estacionamientos en la via publica ubicados en las zonas de estacionamiento bajo administracion de la municipalidad, siempre y cuando estos se encuentren ubicados dentro de un radio no mayor a 500 metros de distancia." Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 312393-3

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Amplian plazo de Ordenanza Nº 140 vigencia de la

DECRETO DE ALCALDIA Nº 004 San MORDAZA de Lurigancho, 19 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Proveido Nº 0099/2009-GM/MDSJL de fecha 19/01/2009 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 028-

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