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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de febrero de 2009 390847 - Declaración jurada de domicilio de los contrayentes y recibo de luz y/o agua si está a nombre de los mismos - Fotografía a color, tamaño pasaporte, reciente, de cada contrayente - Certifi cado médico prenupcial y consejería de SIDA - En caso de menores, divorciados, viudos y/o extranjeros, adjuntar requisitos exigidos por ley - Pago único: S/. 50.00 Nuevos Soles Artículo Tercero.- CONFORME al artículo 252 del Código Civil vigente, se dispensa de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario convocado a través del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 312849-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA Designan funcionarios responsables de brindar información que demanden las personas y de la elaboración y actualización del portal de internet de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 115-2009/MPU-BG Bagua Grande 9 de febrero del 2009. EL ALCALDE PROVINCIAL DE UTCUBAMBA VISTO: El Informe Nº. 025-2008/GA-MPU-BG, emitido por el Gerente de Administración, Ing. Víctor Eduardo Iparraguirre Claudet; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº. 025- 2008/GA-MPU- BG, el Gerente de Administración, Ing. Víctor Eduardo Iparraguirre Claudet, alcanza en propuesta, los nombres de los responsables a designar, para fi nes de entrega de información de acceso público y elaboración y actualización de portal de transparencia, en base a lo indicado en hoja informativa Nº. 004- 2008/OCI-MPU- BG, de fecha 3 de noviembre del 2008, cursada por el Jefe del Órgano de Control Institucional, C.P.C. José Elías Rentería Santos, que como anexo forma parte del documento de Visto. Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala que dicha Ley tiene como fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política; Que, de conformidad con el Principio de Publicidad regulado en la Ley citada en el considerando precedente, todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad; Que, de acuerdo al artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para tal efecto según lo establecido en último párrafo “La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada”, concordante con el Art. 8º que dispone que las entidades obligadas a entregar información identifi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar la información solicitada; Que, asimismo, el artículo 5º de la Ley Nº 27806 dispone que las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de Internet la información referida a información presupuestal, adquisiciones de bienes y servicios, actividades ofi ciales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entre otras; estableciendo en su último párrafo que la entidad pública deberá identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet, concordante con el Art. 6º de la Ley Nº 29091; Que, el Art. 4º del D.S. Nº 072-2003-PCM “Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” determina que la designación de los funcionarios responsables de la entrega de la información y de la elaboración y actualización del Portal de Internet, se efectuará por Resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente y Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estando a lo acordado por despacho de Alcaldía; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, como funcionarios responsables de brindar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, a los siguientes servidores: - Abog. Alexander Corrales Mondragón Titular - Auxiliar de Secretaría General Suplente Artículo Segundo.- DESIGNAR como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Internet de la Municipalidad Provincial de Utcubamba al servidor: - Ing. Edwin Raymundo Senmache Vallejos. Artículo Tercero.- El personal y demás funcionarios de la Municipalidad Provincial de Utcubamba deberán, bajo responsabilidad, facilitar la documentación y/o información que les sea solicitada como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, dentro de los plazos establecidos en las normas de la materia. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina de Personal y Recursos Humanos, la Ofi cina de Contabilidad, la Ofi cina de Tesorería, la Ofi cina de Abastecimiento, la Ofi cina de Relaciones Públicas y las demás que correspondan, bajo responsabilidad, proporcionarán la información que les respecta y en los plazos establecidos en las normas legales que regulan la transparencia y acceso a la información pública, para su publicación en el Portal de Transparencia de la institución. Artículo Quinto.- Los funcionarios referidos en los artículos 1º, 2º de esta resolución, ceñirán sus funciones y acciones encargadas, a las normas previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. Artículo Sexto.- PUBLÍQUESE el tenor de la presente resolución en la página web de la Municipalidad Provincial de Utcubamba, así como en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase. SEGUNDO Q. HERNÁNDEZ VÁSQUEZ Alcalde 312372-1