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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de febrero de 2009 391578 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia, EE.UU., Colombia y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2009/DE/SG Lima, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 197 de fecha 20 de febrero de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Bolivia, sin armas de guerra; Que, el Comandante General de la Marina hace extensiva una invitación al Comandante General de la Armada de la República de Bolivia para que Cadetes de la Armada de Bolivia participen en el Crucero de Instrucción al Litoral (CRULIT - 2009); Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de once (11) efectivos de la Armada Boliviana, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 28 de febrero al 25 de marzo de 2009, para participar en el Crucero de Instrucción de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 166-2009/DE/SG a. MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de once (11) efectivos de la Armada Boliviana para participar en el Crucero de Instrucción de la Marina de Guerra del Perú. b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. TENIENTE RAMOS TORREZ, MARIO 2. CADETE LUCANO UZQUIANO MARCO ANTONIO 3. CADETE CERVANTES ORTUSTE FAYLER FERNANDO 4. CADETE PLATA ALIAGA REDDY LUIS 5. CADETE SARAVIA ORTIZ OSCAR DOUGLAS 6. CADETE FLORES CASTELLON ALVARO JESUS 7. CADETE LAURA ESPINOZA YONATAN ALEXANDER 8. CADETE VENEROS URQUIETA JAVIER ALEXANDER 9. CADETE SAN MARTIN URQUIDI DEYNER 10. CADETE YANNE GALVEZ RONNY 11. CADETE APAZA CHINO DIEGO WILSON c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 28 de febrero al 25 de marzo de 2009. 317835-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2009/DE/SG Lima, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 157, de fecha 13 de febrero de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos realizará la capacitación en el mantenimiento y conducción de los vehículos donados bajo el Programa de la Iniciativa Global para Operaciones de Paz (GPOI); Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de un (01) efectivo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 28 de febrero al 04 de marzo de 2009, para coordinar la capacitación que se brindará para el mantenimiento y conducción de los vehículos donados bajo el Programa de la Iniciativa Global para Operaciones de Paz (GPOI). Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa