Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2009 (28/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391579

ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2009/DE/SG 27.Feb.2009 a. MOTIVO

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese.

Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de un (01) efectivo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA para coordinar la capacitacion que se brindara para el mantenimiento y conduccion de los vehiculos donados bajo el Programa de la Iniciativa Global para Operaciones de Paz (GPOI). b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA:
1. MORDAZA MAYOR MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-2009/DE/SG 27.Feb.2009 A. MOTIVO

c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 28 de febrero al 04 de marzo de 2009 317835-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-2009/DE/SG MORDAZA, 27 de febrero de 2009

Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de un (01) oficial de la Armada de Colombia para desempenar funciones como Oficial de Enlace de la Armada Nacional de Colombia ante la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. B. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA:
1. CAPITAN DE FRAGATA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 173 de fecha 17 de febrero de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, el ano 2008 se realizo la XII Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, acordandose continuar con el intercambio anual de Oficiales Enlace; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de un (01) oficial de la Armada de Colombia, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 01 de marzo de 2009 al 28 de febrero de 2010, para desempenar funciones como Oficial de Enlace de la Armada Nacional de Colombia ante la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru.

C.- TIEMPO DE PERMANENCIA Del 01 DE MARZO DE 2009 AL 28 DE FEBRERO DE 2010 317835-5 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 169-2009/DE/SG MORDAZA, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 158 de fecha 13 de febrero de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el ano 2008, se llevo a cabo la VI Reunion de Estados Mayores y XX Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA entre la Armada del Ecuador y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, suscribiendose el Acta correspondiente, en la que mediante Acuerdo A-10-VI-08 se establecieron los Intercambios Profesionales y Academicos para el ano 2009, habiendose considerado la realizacion del curso de Arqueo de Buques en el mes de marzo; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los

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