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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (28/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de febrero de 2009 391582 Que, resulta necesario aprobar los Índices de Distribución que permitan efectuar las transferencias de recursos provenientes de la Participación en Renta de Aduanas a favor de los gobiernos locales benefi ciarios y a la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27613, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411 y el numeral 34.2 del artículo 34º de la Ley Nº 27783, modifi cado por Ley Nº 28543; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébense los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2009 correspondientes al 2% de la Participación en la Renta de Aduanas, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Los Anexos a que se refi ere el Artículo 1º serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe/DGAES/DistribucionRecursos/ ParticipaciónenRentadeAduanas Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 317864-3 Aprueban convenio de traspaso de recursos a ser suscrito entre el Ministerio y SEDAPAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 123-2009-EF/75 Lima, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 094-2008-EF, se aprobó la operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para fi nanciar los proyectos que forman parte del “Programa de Ampliación, Mejoramiento e Instalación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado en 9 Esquemas de Lima y Callao” : i) Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado Esquema Integral Carabayllo, ii) Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado Esquema Valle Amauta del Distrito de Ate Vitarte y, iii) Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado Esquema Sargento Lores - 2da Etapa; Que, el Artículo 3º de la referida norma legal establece que la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, será la Unidad Ejecutora del referido Programa; Que, de conformidad con el Artículo 4º del citado Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, trasladará a SEDAPAL, Ios recursos que resulten de la aludida operación de Endeudamiento Externo mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas; Que, asimismo el Artículo 6º del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos, que ocasione la citada operación de endeudamiento, serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos que proporcione oportunamente SEDAPAL; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se dispone que el mecanismo de reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos generados en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, será efectuado a través de la constitución de un fi deicomiso; Que, mediante el Fideicomiso de Administración de Fondos constituido por SEDAPAL y el Ministerio de Economía y Finanzas en la Corporación Financiera de Desarrollo- COFIDE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 056-2009-EF/75, se atenderá el servicio de la deuda de la operación de endeudamiento aprobada por el D.S. Nº 094-2008-EF; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modifi catorias, la Ley Nº 29290, y el Decreto Supremo Nº 094-2008-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traslado de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondiente a la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 094-2008-EF. El mecanismo de garantía del presente Convenio de Traspaso de Recursos será el fi deicomiso aprobado por Resolución Ministerial Nº 056-2009-EF/75. Artículo 2º.- Autorízase al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como a suscribir toda documentación necesaria para su implementación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 317864-4 Aprueban la contratación del Estudio Sidley Austin LLP seleccionado por la Comisión Especial Ley N° 28933 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2009-EF/43 Lima, 27 de febrero de 2009 Vistos: los Ofi cios N°s. 002 y 003-2009/LEY 28933- PCE-TD-DUKE ENERGY e Informe Nº 001-2009/PCE- LEY 28933 de la Comisión Especial Ley Nº 28933, así como los Informes Nºs. 021-2009-EF/43.50 y 384-2009- EF/60.01 de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, respectivamente, acerca de la contratación del Estudio Sidley Austin LLP. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea una Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas;