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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de febrero de 2009 391588 SAN MARTÍN y TUMBES; de las Municipalidades Provinciales de PACASMAYO y GRAN CHIMU; y de las Municipalidades Distritales de MOLLEBAMBA, CHOCOPE y PARDO MIGUEL, para continuar con la ejecución de 139 proyectos de inversión descritos en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución Ministerial, considerados inicialmente en el Crédito Suplementario aprobado por Ley Nº 28880. Artículo 2º.- Autorízase una Transferencia Financiera por la suma de NUEVE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 099 668,00), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2009; a favor de los Gobiernos Regionales de HUANCAVELICA, JUNÍN, LIMA, PIURA y SAN MARTÍN; de las Municipalidades Provinciales de CANGALLO, LA MAR, HUÁNUCO, LAMBAYEQUE, SULLANA, CONTRALMIRANTE VILLAR y TUMBES; y de las Municipalidades Distritales de CUISPES, SAN ISIDRO DE MAINO, SAMANCO, PAUCARPATA, TINTAY PUNCU, SAN MIGUEL DE MAYOCC, CHORAS, QUIVILLA, CASA GRANDE, RAZURI, ZAÑA y MORROPE, para continuar con la ejecución de 55 proyectos de inversión descritos en el Anexo Nº 02, que forma parte de la presente Resolución Ministerial, considerados inicialmente en el Crédito Suplementario aprobado por Ley Nº 29035. Artículo 3º.- Establézcase, conforme a la Quinta Disposición Final de la Ley de Nº 29289, el Cronograma de Desembolsos contenidos en los Anexos Nº 01 y Nº 02, de la presente Resolución, por los cuales se efectuarán las Transferencias Financieras autorizadas, respectivamente. Artículo 4º.- Los recursos, materia de las Transferencias Financieras autorizadas, serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos descritos en los referidos Anexos, quedando prohibido que los GOBIERNOS REGIONALES y GOBIERNOS LOCALES señalados efectúen anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos. Artículo 5º.- Las Transferencias Financieras a que se refi eren los artículos precedentes se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrifi cación Rural, órgano nacional competente en materia de electrifi cación rural, de acuerdo al siguiente detalle: FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 RECURSOS ORDINARIOS PROGRAMA FUNCIONAL : 028 ENERGÍA ELÉCTRICA SUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0057 DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELECTRICA • ACTIVIDAD : 1 038920 Transferencia del Gobierno Nacional - Ley Nº 28880 GENÉRICA DEL GASTO : 4 Donaciones y Transferencias SUB GENÉRICA DEL GASTO : 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital MONTO ANEXO Nº 01 : S/. 18 883 648,00 • ACTIVIDAD : 1 027682 Transferencia del Gobierno Nacional - Ley Nº 29035 GENÉRICA DEL GASTO : 4 Donaciones y Transferencias SUB GENÉRICA DEL GASTO : 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital MONTO ANEXO Nº 02 : S/. 9 099 668,00 MONTO TOTAL RESOLUCIÓN : S/. 27 983 316,00 Artículo 6º.- La ejecución de los recursos autorizados mediante las Transferencias Financieras, materia de la presente Resolución, está sujeta a los Calendarios de Compromisos aprobados. Artículo 7º.- Los términos y obligaciones de las Transferencias Financieras autorizadas deberán encontrarse previstos en los Convenios de Financiamiento de los Proyectos de Inversiones, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Artículo 8º.- La Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrifi cación Rural, será responsable del cumplimiento de la ejecución de los Convenios referidos en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas ANEXO Nº 01: TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES - LEY Nº 28880 ITEM Nº SNIP NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO UNIDAD EJECUTORA INVERSION TOTAL S/. TRANSFE- RENCIA DGER S/. CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS TOTAL MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 MES 05 MES 06 1 22904 ELECTRIFICACION DE LOCALIDADES DEL DISTRITO DE LUYA AMAZONAS GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS 682.786 62.000 0 62.000 0 0 0 0 62.000 2 13241 ELECTRIFICACION DEL ANEXO DE CHOCTA - DISTRITO DE LUYA AMAZONAS GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS 703.114 41.580 0 41.580 0 0 0 0 41.580 3 11327 ELECTRIFICACION DEL DISTRITO DE YAMBRASBAMBA Y ANEXOS AMAZONAS GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS 1.248.961 28.500 0 28.500 0 0 0 0 28.500 TOTAL AMAZONAS 2.634.861 132.080 0 132.080 0 0 0 0 132.080 4 7116 ELECTRIFICACION RURAL DE LAS COMUNIDADES DE CARMEN DE COAY- ACHIBAMBA - SAÑOC - URUCANCHA - PUMALLAULLI - OSCCOLLO - HUACCAMOLLE - PECCOY - POMABAMBA APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 521.667 63.021 0 0 0 0 63.021 0 63.021 5 27002 ELECTRIFICACION ATUMPATA DEL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY, REGION APURIMAC APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 63.284 17.440 0 0 0 0 17.440 0 17.440 6 32643 ELECTRIFICACION MARCAHUASI DEL DISTRITO DE TAMBURCO PROVINCIA DE ABANCAY REGION APURIMAC APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 70.064 15.950 0 0 0 0 15.950 0 15.950 7 21991 ELECTRIFICACION RED PRIMARIA Y SECUNDARIA DE LA COM. DE VIRGEN DEL CARMEN DE TAMBO DEL DISTRITO DE CHACCRAMPA-ANDAHUAYLAS APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 115.483 32.913 0 0 0 0 32.913 0 32.913 8 21989 ELECTRIFICACION RED SECUNDARIA DE LA COMUNIDAD DE SANTA CRUZ DE MONTA DEL DISTRITO DE CHACCRAMPA-ANDAHUAYLAS APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 51.937 12.235 0 0 0 0 12.235 0 12.235 9 15917 ELECTRIFICACION RED PRIMARIA Y S.E. CCORIRAYA-ANCAYPAHUA-HUICHCCANA DIST. HUANCARAY ANDAHUAYLAS APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 69.007 18.856 0 0 0 0 18.856 0 18.856 10 25432 ELECTRIFICACIÓN RED PRIMARIA Y SECUNDARIA DE LA COMUNIDAD HUITON - PADROMAYO DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE CACHI, PROV. ANDAHUAYLAS APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 137.594 20.697 0 0 0 0 20.697 0 20.697 11 12605 ELECTRIFICACION RED PRIMARIA DE LOS CENTROS POBLADOS DE TACMARA-SIRANCAY- RIO PASAJE APURIMAC GOB. REG. APURIMAC 376.807 63.902 0 0 0 0 63.902 0 63.902