Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2009 (28/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal h) del Decreto Supremo N° 031-2007-EM, el cual faculta al Ministro de Energia y Minas, entre otras atribuciones, a expedir resoluciones ministeriales relativas al Sector; Con el Visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica y del Secretario General del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE Articulo Unico.- DELEGAR en el Director General de la Oficina General de Administracion, la representacion legal del Ministerio de Energia y Minas ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, exceptuandose aquellas facultades propias del Sistema de Defensa Juridica del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 317942-3

Aprueban transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Regionales y Municipalidades Distritales, para la ejecucion de proyectos de inversion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 120-2009-MEM/DM MORDAZA, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 603-2008MEM/DM, de fecha 30 de diciembre de 2008, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos, asi como la Estructura Funcional Programatica y Estrategica proporcionada por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, correspondiente al Ano Fiscal 2009, por Unidad Ejecutora, Funcion, Programa Funcional, Subprograma Funcional, Actividad y/o Proyecto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007EM de fecha 05 de MORDAZA de 2007, se crea la Direccion General de Electrificacion Rural - DGER como organo dependiente del Despacho del Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; asimismo, se aprueba la fusion del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificacion Rural Mediante la Aplicacion de Fondos Concursables Proyecto FONER y de la Direccion Ejecutiva de Proyectos - DEP, correspondiendole a la DGER la calidad de organo absorbente, la misma que ha entrado en funciones el 1 de enero de 2008; Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas correspondiente al Ano Fiscal 2009, se han consignado recursos a la Unidad Ejecutora Nº 005- Direccion General de Electrificacion Rural en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con el objeto de continuar la ejecucion de las inversiones en los proyectos de indole y efecto social senalados en el Shock de Inversiones en Electrificacion Rural implementado en el MORDAZA de las Leyes Nº 28880 y Nº 29035; Que, los literales a) y b) del Articulo 73º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, establece que son funciones del Ministerio, ejercer el rol subsidiario del Estado en materia de electrificacion rural a traves de la ejecucion de Sistemas Electricos Rurales; asi como, coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales, Empresas Concesionarias de distribucion electrica y de electrificacion rural, y otras entidades publicas la ejecucion de obras de electrificacion rural y su administracion, operacion y mantenimiento; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ley de Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal

2009 establece que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales, empresas publicas y entidades publicas, el documento que sustenta la transferencia financiera, es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectuan luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obra. La citada resolucion debe publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web del Pliego. Previa a las transferencias el Gobierno Nacional suscribe convenios con los gobiernos regionales, gobiernos locales, las empresas publicas y entidades publicas, los que establecen, principalmente, el objeto del convenio, las obras a desarrollarse, la disponibilidad de recursos y el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica; Que, la misma Disposicion Final de la Ley Nº 29289, dispone que en el caso de que el proyecto de inversion sea ejecutado via ejecucion presupuestaria indirecta, el convenio constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que el gobierno regional, gobierno local, la empresa publica y las entidades publicas, segun sea el caso, efectue la convocatoria del MORDAZA de seleccion para la ejecucion del respectivo proyecto de inversion publica, conforme a las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, el Ministerio de Energia y Minas como parte del Gobierno Nacional ha suscrito convenios con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la ejecucion de los proyectos de electrificacion rural, los que se ejecutaran mediante Transferencias Financieras del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289; Que, mediante Memorandum Nºs. 083-09 y 12709-MEM/DGER, la Unidad Ejecutora Nº 005 - Direccion General de Electrificacion Rural - conformante del Pliego Institucional ha solicitado se aprueben las Transferencias Financieras a efectuarse a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, por la suma de S/. 27 983 316,00 en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo a los Anexos Nº 01 - Transferencias Financieras a Gobiernos Regionales y Locales - Ley Nº 28880, para la ejecucion de 139 proyectos de Electrificacion Rural; y al Anexo Nº 02 - Transferencias Financieras a los Gobiernos Regionales y Locales - Ley Nº 29035, para la ejecucion de 55 proyectos de Electrificacion Rural; Que, mediante Informe Nº 033-2009-MEM-OGP/ PRES de fecha 24 de febrero de 2009, la Oficina de Presupuesto ha emitido opinion favorable, certificando los creditos presupuestarios en las MORDAZA funcionales programaticas y de gasto que haran factible las operaciones de transferencias financieras a los Gobiernos Regionales y Locales senalados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinion favorable del Director (e) de Presupuesto y el Vº Bº del Director General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de Asesoria Juridica y del Secretario General del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia Financiera por la suma de DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 883 648,00), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2009; a favor de los Gobiernos Regionales de AMAZONAS, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, HUANCAVELICA, MORDAZA, LA MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA,

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