Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2009 (28/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de febrero de 2009

1 de MORDAZA de 2009 hasta el 30 de MORDAZA de 2010, asi como su asignacion a cada Empresa Receptora, senalando un valor de Setenta y Tres Millones Setecientos Treinta y Nueve Mil Novecientos Treinta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 73 739 930), el mismo que no supera el limite establecido en el articulo 30° de la Ley N° 28832; Que, el Ministerio ha efectuado el recalculo de las compensaciones, considerando que, durante el mismo periodo mencionado en el considerando que antecede se estarian interconectando al MORDAZA los Sistemas Aislados San MORDAZA y Bagua-Jaen, por lo cual el Monto Especifico para la compensacion de los Sistemas Aislados resulta S/. 70 884 645 Nuevos Soles, equivalente al 96 % del Limite del Monto Especifico; En ejercicio de la atribucion establecida en el articulo 30° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del articulo 4° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados aprobado por Decreto Supremo N° 069-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Determinacion del Monto Especifico Determinese el Monto Especifico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensacion para Sistemas Aislados, en la suma de Setenta Millones Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 70 884 645). Articulo 2º.- Periodo de aplicacion del Monto Especifico El Monto Especifico determinado en el articulo anterior, sera aplicado en el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA de 2009 hasta el 30 de MORDAZA de 2010. Articulo 3°.- Recalculo de asignaciones OSINERGMIN efectuara el recalculo de las asignaciones para cada Empresa Receptora, teniendo como limite el Monto Especifico determinado en la presente Resolucion. Articulo 4°.- Vigencia La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 317942-1

Que, el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 037-2009-PCM, establece que las entidades de la Administracion Publica integrantes del Sistema Nacional de Informatica deberan registrar en la pagina Web del MORDAZA del Estado Peruano de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.peru.gob.pe/poi), el Plan Operativo Informatico - POI correspondiente al ano 2009, MORDAZA del ultimo dia habil del mes de Febrero de 2009, y la Evaluacion del Plan Operativo Informatico - POI, MORDAZA del ultimo dia habil del mes de Enero de 2010; Que, estando la Propuesta del Plan Operativo Informatico 2009 formulada por la Oficina de Informatica del Ministerio de Energia y Minas y la opinion favorable de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Plan Operativo Informatico 2009, elaborado por la Oficina de Informatica del Ministerio de Energia y Minas, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El Plan Operativo Informatico indicado en el articulo precedente entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 317942-2

Delegan al Director General de la Oficina General de Administracion la representacion legal del Ministerio ante la SUNAT
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 119-2009-MEM/DM MORDAZA, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007EM, el Despacho Ministerial esta a cargo del Ministro de Energia y Minas, quien es la mas alta autoridad politica y administrativa del Sector. En ese sentido, senala que este ejerce las funciones de Titular del Pliego Presupuestal, siendo ademas el representante legal del Ministerio; Que, en ese sentido, el Ministro de Energia y Minas, como la mas alta autoridad politica y administrativa del Sector, se encuentra facultado para ejercer, ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, SUNAT, la representacion legal Ministerio de Energia y Minas; Que, por otro lado, de conformidad con el numeral 1) del articulo 37 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068, Ley del Sistema de Defensa Juridica del Estado, el Procurador Publico representa al Estado y defiende los intereses de la Entidad a la que representa ante los organos jurisdiccionales y administrativos; Que, siendo politica de la Alta Direccion desconcentrar la gestion administrativa de la Entidad, es necesario designar al funcionario a quien se le delegara la representacion legal Ministerio de Energia y Minas ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, SUNAT, en todo aquello que no se encuentre en el MORDAZA de la normatividad citada en el considerando que antecede;

Aprueban el Plan Operativo Informatico 2009
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-2009-MEM/DM MORDAZA, 27 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial N° 037-2009PCM, publicada en el Diario Oficinal El Peruano el 28 de Enero 2009, se aprobo la Formulacion y Evaluacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el ano 2009; Que, el Plan Operativo Informatico - POI constituye un instrumento de gestion de corto plazo, que permite definir las actividades informaticas de las entidades de la Administracion Publica integrantes del sistema Nacional de Informatica en sus diferentes niveles;

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